miércoles, 13 de diciembre de 2017

Conforme al artículo 3 de la Constitución Dominicana, la soberanía de la Nación, como Estado libre e independiente de todo poder extranjero

Acuerdo del 20 de enero del 2015 limitaba soberanía privilegiando los EU
El pasado y conflictivo Embajador de EUA el Señor James Brewster y el Señor Andrés Navarro anterior Ministro de Relaciones Exteriores

Por Manuel Berges hijo*

¡Solo siendo dominicano,  se siente lo que yo siento!

En los Estatutos del Partido de la Liberación Dominicana (PLD), si en esta porción no han sido modificados,   se señala: Declaración de Principios y Estatutos.
a. Desde su fundación, el 15 de diciembre de 1973, el Partido de la Liberación Dominica (PLD) surge con el propósito de completar la obra patriótica que iniciaron los Trinitarios y los Restauradores, en el sentido de lograr una patria independiente, en la que imperen la justicia social y el respeto a la dignidad humana. EL PLD se constituye como una alternativa a las prácticas individualistas, populistas y conservadoras que predominaban en nuestro país; b); c)….
d. El PLD se constituye como una respuesta a la realidad económica, social y política de la República Dominicana. Nuestro Partido, bajo la conducción de su líder y guía, el compañero Juan Bosch, desarrolla principios organizativos y metodológicos novedosos, propios, inspirados en los valores de la solidaridad, el patriotismo, el trabajo en equipo, la activa vida partidaria y la formación de líderes para servir al pueblo”.
Luego de uno ver esas porciones de las anteriores  declaraciones, que no es necesario analizar, solo leerlas,  de inmediato llega a la conclusión de que hemos sido timados, pues esas dignas consignas de:  “ completar la obra patriótica que iniciaron los Trinitarios y los Restauradores, en el sentido de lograr una patria independiente, en la que imperen la justicia social y el respeto a la dignidad humana. EL PLD se constituye como una alternativa a las prácticas individualistas, populistas y conservadoras que predominaban en nuestro país”, no se cumplen.
 En la realidad esos postulados se han convertido en letra muerta, porque ya no son  alternativa u opción alguna, actúan de manera individualista y son más conservadores que el Ex-Presidente de EUA Lyndon Johnson; nuestros dirigentes gobernantes son  cada dia política y económicamente menos independientes y han demostrado estar  sometidos, hasta con orgullo, a los poderosos internacionales y  locales que les secundan en  una brutal e ignominiosa pérdida de soberanía e independencia;  empezando porque pasados y actuales  Embajadores de varios países, Ministros, funcionarios de organismos multilaterales, etc.,   de esos poderosos países llamaban  y llaman  la atención a nuestras manipuladas autoridades o sus reclamos se dirigen directamente a ellas sin observar el protocolo internacional vigente y nuestras autoridades sin dignidad patriótica no protestan por esos tratos vejatorios,  ni   les indican  el proceso burocrático que   hay que cumplir; porque a nuestras autoridades les obligan y  ellas complacidamente besan la bota del que les patea  al  otorgar nuestra nacionalidad a miles de haitianos que solo alegan que aquí nacieron; porque   hacen propaganda    y promoción en Haití para  que los haitianos crucen ilegalmente  la frontera y decidan residir  en RD;  porque mantienen la frontera abierta para que  entre 1.5 y dos  millones de haitianos  vivan  en RD quitando a los dominicanos  los pocos empleos que aparecen  en detrimento de nuestra masa trabajadora; permitiendo que  los haitianos se burlen de nuestros símbolos patrios; el país gracias a la valentía del Honorable Tribunal Constitucional que definió quienes somos dominicanos y como a los poderosos no les agradó,  de inmediato procuraron para evadir o acomodar a medias  la Ley de Naturalización; permiten  que el gourde haitiano tenga  hasta circulación valida en la frontera; por permitir que estos haitianos  que ya destruyeron sus bosques, arrasen con los nuestros  de manera tal que se llevan  al año unas 50,000 toneladas de carbón  al vecino país  para encender sus cocinas; por permitir que la poderosa Odebrecht les embauque, y les gobierne para mutuo beneficio político y económico,  a base de sobornos y coimas; por permitir el irrespeto a  nuestros militares cuando les asaltan sus puestos de vigilancia, les hieren o matan  y les roban sus armas y todo permanece como si nada hubiese ocurrido; porque no respetan nuestras costumbres de  humanos civilizados  ni a nuestro  orden público ya que  se obran en las calles   ante la mirada atónita de la gente; porque asesinan  niños y usan sus órganos para prácticas de vudú; porque “disfrutan” del Presupuesto Nacional en materia de Salud y Educación, Obras viales, Transporte, y Energía Eléctrica,  sin contribuir mediante  el pago de  impuestos; porque cierran sus fronteras comerciales argumentando temas fitosanitarios cuando ellos no  los  cumplen, o  ni los tienen; porque nos exportan sus delincuentes, entre muchas otras alevosas situaciones antinacionales; porque se prestan al  mecanismo o trampa de fusión de la isla, dando a entender a la comunidad internacional, que existe una solución dominicana a la crisis haitiana, cuando no la hay.
La más grave de esas posiciones  de secuenciales traiciones a la Patria que lamentablemente no ha  sido de mucho conocimiento público,  es la firma  en fecha 20 enero del  2015, en  tiempos del gobernante de EUA el Señor Hussein Barack Obama de un “Acuerdo sobre Estatus del Personal de Estados Unidos en el país”,  es decir, un supuesto acuerdo de cooperación militar el cual  limitaba la soberanía nacional y privilegiaba al Departamento de Defensa y a las Fuerzas Armadas de  EEUU.
Este Acuerdo se aplicaba  al personal norteamericano incluyendo sus contratistas civiles, que labora temporalmente en RD en materias tales como: capacitación, ejercicios, actividades humanitarias y otras mutuamente acordadas por ambos gobiernos, aparentemente con el fin, pienso yo, de sustituir la base militar de Guantánamo,  por todo nuestro sagrado territorio nacional,  no una base de 741,4 km²  como es la base de EUA, en Cuba. 
El pasado y conflictivo Embajador de EUA el Señor James Brewster y el ahora Ministro de Educación el Señor Andrés Navarro  en su anterior rol de Ministro de Relaciones Exteriores,  firmaron  tan grave atentado contra  la Patria  y ellos juntos le llamaron alegremente  Acuerdo de reciprocidad,  para supuestamente ampliar la cooperación con el personal militar de esa nación temporalmente presente en el país, en el marco de entrenamientos, ejercicios militares, operaciones de ayuda humanitaria y otras actividades de mutuo acuerdo entre ambas  naciones.
El entonces Canciller Navarro explicó que mediante el convenio, el gobierno de la RD proporcionará al personal de los Estados Unidos y a sus contratistas temporalmente en la República Dominicana, facilidades en conexión con visitas, capacitación, ejercicios y otras actividades mutuamente acordadas, así como los medios ideales para alcanzar objetivos e intereses comunes.
No se trata en la especie,  de que nuestro Ministerio de Defensa y el Departamento de Defensa estadounidense participan rutinariamente en actividades de entrenamientos, ejercicios e intercambios, con el objetivo de mejorar capacidades en la prevención del crimen transnacional, así como también en misiones de asistencia humanitaria a la población, sino que en ese año 2015, con este anómalo Acuerdo se completaba la entrega voluntaria  por parte de las autoridades nacionales,  las cuales  olvidando el patriotismo que juraron defender, sin consulta alguna con el Pueblo, ni bajo siquiera un Referendo o un Plebiscito, unilateralmente  cedían  a  la nación poderosa, la porción  oriental de la Isla de Santo Domingo porque ya ellos tenían  el dominio  político de la parte occidental Haití, desde el 2001, cuando derrocaron al Presidente Sacerdote,  Jean Bertrand Aristide (Titi).  
Entonces y ahora nos  darnos cuenta de cuan entregados estamos siendo sometidos a sus designios y caras voluntades. 
Feliz y patrióticamente, nuestro Honorable y valiente Tribunal Constitucional, emitió su sentencia No. TC/0315/15 de fecha 25 septiembre 2015, expresando que  las obligaciones asumidas por República Dominicana en el Acuerdo sobre Estatus del Personal de Estados Unidos en el país, “limitan el ejercicio de la soberanía nacional y suponen una injerencia por tiempo indeterminado de cuerpos militares extranjeros en el territorio nacional”. 
Consideró nuestro TC: “ que el contenido, en toda su extensión, genera privilegios a favor del Departamento de Defensa y las Fuerzas Armadas de Estados Unidos, más allá de las previsiones y posibilidades que consagra la Constitución dominicana, obviando la reciprocidad que debe estar presente en las convenciones internacionales”
El TC recordó que: “ conforme al artículo 3 de la Constitución Dominicana, la soberanía de la Nación, como Estado libre e independiente de todo poder extranjero, es inviolable, por lo que ninguno de los poderes públicos puede realizar o permitir la realización de actos que constituyan una intervención directa o indirecta en los asuntos internos o externos de la República Dominicana o una injerencia que atente contra la personalidad e integridad del Estado y de los atributos que se le reconocen y consagran.  Enfatizó que el principio de no intervención constituye  una norma invariable de la política internacional dominicana”. 
Quedo claro para nuestro TC, que “al verificar que los gobiernos de la República Dominicana y de los Estados Unidos se proponen consumar un acuerdo tendente al otorgamiento de garantías y privilegios al personal de las Fuerzas Armadas y del Departamento de Defensa de los Estados Unidos, así como a sus contratistas, durante el tiempo en que se encuentren en el territorio dominicano realizando labores, cuyo objeto no se encuentra explicado ni detallado ni, mucho menos, justificado, resulta previsible el riesgo para la soberanía y la seguridad de la nación dominicana y, consecuentemente, para el ordenamiento constitucional que tutela esos y otros principios, cuyo resguardo forma parte de las atribuciones fundamentales del Tribunal Constitucional”, indicó.  
Nuestro Tribunal Constitucional determinó que procede declarar  “no conforme con la Constitución Dominicana” el Acuerdo sobre Estatus del Personal de los Estados Unidos en la República Dominicana, suscrito el 20 de enero del 2015 entre los gobiernos dominicano y estadounidense.  
El hecho de que  Señor Presidente de la República,  sometiera el Acuerdo al Tribunal Constitucional el 11 de marzo del 2015, a fin de que revisara si se ajustaba o no a la Constitución, previo a su aprobación por el Congreso Nacional, cumpliendo con el artículo 128 numeral 1, letra d), y 185, numeral 2 de la Carta Magna, no significa que actuaba correctamente a favor de la Patria, el punto es que  cuando fue consultado para entregar a los poderosos el territorio nacional mediante el susodicho  Acuerdo, debió negarse  a ordenar que se firmara, preservando nuestra soberanía, autodeterminación e independencia pues nuestro territorio además de ser  libre e independiente,  no puede ser expuesto a eventuales riesgos de confrontaciones bélicas y colocar a los ciudadanos de EUA en  misión temporal,  en situación de privilegio frente a los propios ciudadanos  dominicanos, permitiendo que la jurisdicción a aplicar por actos o delitos en territorio nacional, fuera de la competencia de los tribunales norteamericanos; que portasen armas; en fin, que el Acuerdo solamente creaba una serie de privilegios a favor de las Fuerzas Armadas y del Departamento de Defensa de EUA y de sus contratistas estadounidenses y que genera solamente obligaciones y cargas para el gobierno dominicano.
Nuestro  TC enfatizó  que la presencia de tropas militares en el territorio dominicano siempre debe estar supeditada a un plazo concreto, por lo que explica: que no es permisible la permanencia por un lapso indeterminado de cuerpos militares extranjeros en territorio dominicano y que esa estancia debe estar regulada por condiciones puntuales, que, según percibió, no se encuentran contenidas ni establecidas en el convenio. “Un convenio que permita la presencia de tropas extranjeras por tiempo indeterminado y con escasas precisiones de su misión debe ser ajustado a la Constitución”, apuntó.
Por otra parte, nuestro sabio TC en cuanto se refiere a la habilitación del uso del espectro radioeléctrico dominicano en favor de las fuerzas militares estadounidenses, como contempla el acuerdo, señalo:  que al tratarse de un bien público su uso debe ser habilitado y dominado por el Estado.
Para que el pueblo dominicano comprenda y valorice la posición anti-patriótica,  de entrega  y sumisión asumida por las autoridades nacionales en el 2015, frente a ese pasado gobierno Demócrata  de EUA, que esperamos que no se repita con el presente gobernante Republicano, veamos algunos de la serie de Privilegios e Inmunidades, que el Acuerdo concedía:
  1. La República Dominicana otorgará al personal de los Estados Unidos que esté presente en la República Dominicana en el marco del presente Acuerdo, privilegios e inmunidades equivalentes a las otorgadas al personal administrativo y técnico de una misión diplomática conforme a la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas del 18 de abril de  1961.
  2. El personal de los Estados Unidos podrá entrar y salir de la República Dominicana con identificación emitida por el Departamento de Defensa de los Estados Unidos y con órdenes de viaje individuales o de movimiento colectivo.
  3. La República Dominicana aceptará como válidas las licencias profesionales otorgadas por los Estados Unidos, por sus subdivisiones políticas, o por sus mismos Estados al personal de los Estados Unidos para la provisión de servicios al personal autorizado.
  4. La República Dominicana aceptará como válidas, sin un examen de conducir o tarifas, las licencias o permisos de conducir emitidos por las autoridades competentes de los Estados Unidos al personal de los Estados Unidos para la operación de vehículos.
  5. El personal de los Estados Unidos queda autorizado a utilizar uniformes mientras realice sus funciones oficiales en el marco del presente Acuerdo, a introducir en la República Dominicana y portar armas mientras esté en servicio, si sus órdenes así lo autorizan. Las Partes consultarán sobre la introducción y el porte de armas en la República Dominicana, en conexión con las actividades en el marco del presente Acuerdo.
  6. El Departamento de Defensa de los Estados Unidos y el personal de los Estados Unidos no estarán sujetos al pago de ningún impuesto o cargo similar estipulado en la República Dominicana.
  7. El Departamento de Defensa de los Estados Unidos y el personal de los Estados Unidos pueden importar, exportar, y usar en la República Dominicana cualquier propiedad personal, aparatos, suministros, provisiones, tecnología, capacitación o servicios en relación con sus actividades en virtud de este Acuerdo. Dicha importación, exportación y uso estarán exentos de cualquier inspección, licencia u otras restricciones, aranceles, impuestos, u otros cargos estipulados en la República Dominicana.
Después de firmar un Acuerdo de esta naturaleza queda claro, es obvio, que nuestras autoridades traicionaron vilmente  la Patria y con ella a todo el pueblo dominicano.
No tienen la dignidad patriótica que tenía nuestro Prócer Juan Pablo Duarte y sus serios Trinitarios.  
Nuestro TC sí que tuvo y  tiene la dignidad que a estos malos dominicanos le falta  y en buen derecho emitieron su célebre sentencia la cual ocupara un lugar de preeminencia en la historia de la justicia dominicana, al declarar no conforme con la Constitución de la República Dominicana,  el Acuerdo sobre estatus del Personal de los Estados Unidos en la República Dominicana, intervenido entre el Gobierno de República Dominicana y el Gobierno de los Estados Unidos de América, firmado el 20 de enero del año 2015.

¡Dominicanos, hoy, se necesita sangre tipo Duarte!




13 de diciembre de 2017.


Manuel Bergés hijo*, Abogado en ejercicio, Doctor en derecho, 
Rector de la Universidad INCE, candidato al Parlacen en las 
elecciones generales de 2016.

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