sábado, 29 de octubre de 2011

“ningún hecho ilegal puede generar un acto legal”.


“Tiene que haber una resolución que reconozca esos derechos humanos y esperamos animar al gobierno dominicano a buscar formas de resolver estos importantísimos temas de nacionalidad y ciudadanía”.

Hillary Clinton

Obedeciendo a su amo

No es una labor exclusiva del Movimiento de Mujeres Domínico-Haitianas que dirige Salaín Pierre, como lo presentan quienes llegan al extremo de cuestionar la nacionalidad dominicana de esa activista de ascendencia haitiana. En Septiembre pasado 18 organizaciones nacionales, integradas en un “Movimiento por un Registro Civil Libre de Discriminaciones” lanzaron una campaña “contra la política de desnacionalización” de la JCE.

Juan Bolívar Díaz Santana
Envanecido Contratista de la
U.S. Agency for International Development (USAID)


El Departamento de Inspectoría de la JCE solicitó a la Cámara Administrativa

de ese organismo anular por la vía judicial el acta de nacimiento

de Salain Pierré (Solain Pie), alegando que la misma

“está afectada de un vicio de ilegalidad”.

“la declaración de nacimiento de Salain Pierré está afectada por un vicio de ilegalidad,

por ser falsas las informaciones contenidas en el acta que recoge su nacimiento,

toda vez que tanto el declarante (Ramón Jean) como la madre (María Pie),

alegan tener una ciudadanía dominicana que no poseían”.

“solicitar vía judicial la nulidad del folio número 85, acta 585, contenida en el libro 02 del año 1963

de la Oficialía del Estado Civil del municipio de Villa Altagracia,

a nombre de Salain Pierré”.

“se determinó que la nacionalidad de la madre de Pie, María Pie,

es haitiana y que al momento del nacimiento de la declaración

ostentaba el estatus de residente ilegal en el país.

Dice que “ningún hecho ilegal puede generar un acto legal”.

"las investigaciones determinaron que el verdadero nombre de Ramón Juan,

quien aparece como declarante de Salain Pierré, era Ramón Jean, de nacionalidad haitiana."

“al momento de declarar a Salain Pierré, el señor Ramón Jean

no tenía calidad para ese tipo de acto, toda vez que no era residente legal” .

Con relación a la madre de Salain expresa que el acta de nacimiento a anular

“sólo se limita a mencionar el nombre de la madre sin establecer sus generales de Ley,

tal como dispone el artículo 46 de la Ley 659 sobre actos del Estado Civil”.




29 Octubre 2011, 11:42 PM
JCE suspende su “genocidio civil”

El oficio 32-2011. Un oficio de la directora del Registro Civil dispone que se emitan copias de sus actas de nacimiento a miles de dominicanos de ascendencia haitiana a quienes se les venia negando

Escrito por: JUAN BOLÍVAR DÍAZ ( juanbolivardiaz@gmail.com)

Mediante un oficio de la directora del Registro Civil, la Junta Central Electoral (JCE) dispuso la entrega de copias de sus actas de nacimiento a todos los descendientes de extranjeros que se encuentren en investigación hasta que se determine si procede pedir a un tribunal que disponga su nulidad.

De esa forma se da satisfacción al movimiento nacional e internacional que viene denunciando un genocidio civil contra ciudadanos descendientes de haitianos a quienes se les venía negando la expedición de copias de actas de nacimiento, lo que fue debatido esta semana en Washington, D. C. en una audiencia de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).

Modifica la Resolución 12-07. El oficio 32-2011, suscrito por la licenciada Dolores Fernández Sánchez, directora Nacional del Registro del Estado Civil, modifica la polémica Resolución 12-07 (en adelante R12-07) del Pleno de la JCE emitida el 10 de diciembre del 2007 que dispuso “que sea suspendida provisionalmente la expedición de Actas del Estado Civil que contengan irregularidades o vicios que imposibiliten legalmente su expedición”.

El documento está fechado el 19 de octubre, cinco días antes de la audiencia de la CIDH, y está dirigido a los oficiales del Estado Civil. El asunto indica: Decisión sobre expedición de actas de nacimiento en investigación correspondientes a hijos (as) de ciudadanos extranjeros.

El único párrafo del oficio señala: “De conformidad con la decisión adoptada por la Comisión de la Junta Central Electoral de fecha 05 de octubre de los corrientes, se les instruye en el sentido de que las actas de nacimiento correspondientes a hijos (as) de ciudadanos extranjeros que se encuentren en estado de investigación, sean expedidas libremente hasta tanto el Pleno de la Junta Central Electoral determine si las mismas son válidas o no, conforme a la investigación correspondiente, y proceda a suspenderla provisionalmente, a demandar su nulidad ante un Tribunal o a reconocer su regularidad”.

La decisión trascendió el miércoles y ya al día siguiente decenas de afectados habían concurrido a las oficialías del Estado Civil en Monte Plata para reclamar actas que se les había negado desde el 2007, primero por la Circular 17-07 de la Cámara Administrativa de la JCE, validada después por la R12-07 del pleno del organismo, entonces presidido por el doctor Julio César Castaños, aunque con la oposición de los jueces Aura Celeste Fernández y Eddy Olivares.

Procedimiento irregular. La circular fue hecha pública este viernes en el telediario Uno Más Uno de Teleantillas, generando incertidumbre, porque se creía que solo el Pleno de la JCE podía modificar o derogar una resolución propia. Incluso, la quinta disposición de la R12-07 dice expresamente que “El levantamiento temporal o definitivo de la suspensión provisional, requiere de una decisión expresa de la Junta Central Electoral”.

Pero extrañamente la decisión atribuida a la Comisión de Oficialías de la JCE y firmada por una jefa departamental, modifica la resolución de la máxima instancia de la institución. No se sabe si tuvo algún vínculo, pero fue adoptada el 5 de octubre cuando llegó al país la Secretaria de Estado norteamericana Hillary Clinton, quien advirtió de “preocupaciones muy serias” sobre el despojo de la ciudadanía a descendientes de haitianos que la habían obtenido por haber nacido en el país, e instó a que se adoptara una resolución que reconozca sus derechos.

La circular fue emitida apenas cinco días antes de la audiencia celebrada el lunes 24 por la CIDH en su sede de Washington, D. C. donde se debatió la situación de unas 457 personas a las que se les ha negado administrativamente la expedición de copias de sus actas de nacimiento. Allí los representantes del Gobierno dominicano restaron magnitud al problema, repitiendo el argumento de la JCE de que solo han afectado a 120 bajo cargos de que fueron inscritos fraudulentamente. Los han querido confundir con casos de declaraciones tardías de mafiosos y de beisbolistas que buscaban aparecer más jóvenes. Pero la Circular 17-07 que inició el genocidio civil especifica en su segundo párrafo que “fueron expedidas en tiempo pasado Actas de Nacimiento de forma irregular con padres extranjeros que no han probado su residencia o estatus legal en la República Dominicana”. Luego prohibió a los oficiales del Estado civil expedir actas de nacimientos con “cualquier irregularidad”, debiendo proceder a enviar el expediente a la JCE para investigación.

Un triunfo de la razón. La decisión de expedir libremente las actas de nacimiento está llamada a eliminar un factor que generaría múltiples desaprobaciones y condenas internacionales al país, y es un triunfo del “Movimiento por un Registro Civil Libre de Discriminación”, que defiende los derechos de los desnaturalizados.

Ese movimiento esta integrado por una docena de entidades religiosas y sociales como el Centro Bonó, Servicio Jesuita a Refugiados y Migrantes (SJRM), el Consejo Nacional de la Unidad Evangélica, Visión Mundial, Catholic Relief Services, Centro de Estudios Constitucionales de la UASD y la Coalición de ONGs por la Infancia, así como por decenas de núcleos de afectados. Y han movilizado la solidaridad de una docena de instituciones internacionales.

Sostienen que los afectados no son solo los 457 documentados ante la CIDH, sino miles y potencialmente decenas de miles que todavía no han requerido actas de nacimiento o no lo harán por estar en edades y circunstancias de pobreza en las que no la necesitan al tener la cédula personal de identidad. Un comunicado publicado en HOY del viernes por el movimiento citado indica que “un estudio de campo realizado por el SJRM revela que en Monte Plata, San Pedro de Macorís y Guaymate unos 1600 dominicanos-as han ido a las oficialías a buscar una copia de sus actas de nacimiento y la negación ha estado amparada bajo alegatos discriminatorios tales como tu apellido es de haitiano, eres negro, etc.”

Para muchos de los afectados en los cuatro años en que se aplicó la restricción los daños son irreparables, al haber perdido oportunidades de realización personal, porque el acta de nacimiento es requerida para tener acceso a la cédula y al pasaporte, a estudios de todos los niveles, a empleos formales, al seguro médico y los fondos de pensiones, a casarse o divorciarse, al crédito bancario, a vender y comprar inmuebles. De ahí que se hablara de muertos civiles y de genocidio civil.

Carencia de sustento jurídico. Los jueces electorales Aura Celeste Fernández y Eddy Olivares se opusieron firmemente tanto a la Circular 17 como a la R12-07 que originaron la exclusión de los dominico-haitianos, considerando que la JCE invadía el ámbito de la justicia, que es la que puede dictaminar. En una instancia de impugnación, la doctora Fernández sostuvo que “No existe ninguna disposición expresa de la ley 659 sobre actos del Estado Civil que le confiera a la JCE la facultad de ordenar la retención de actos del Estado Civil. Por el contrario ese papel se le confiere de manera exclusiva a los jueces del Poder Judicial.” Citó el Artículo 31 de esa ley el cual dispone que cualquier persona podrá pedir copia de las actas asentadas en los registros del Estado Civil, las cuales “se tendrán como fehacientes mientras no sea declarada la falsedad de dichas actas”.

En similares términos fue concebida la instancia del doctor Olivares, quien además citó un dictamen de la Suprema Corte de Justicia la cual sostiene que las declaraciones de nacimiento debidamente asentadas y realizadas dentro de los plazos legales, “constituyen documentos con enunciaciones de carácter irrefragable, hasta inscripción en falsedad”.

Abogados y las entidades defensoras de los derechos humanos han denunciado que la acción de la JCE ha violado principios constitucionales básicos, como el del Artículo 18 de la nueva Constitución que proclamó dominicanos a todos los que disfruten de la nacionalidad antes de su entrada en vigencia, el ordinal 13 del Artículo 48, el cual indica que “Nadie puede ser condenado o sancionado por acciones o comisiones que en el momento de producirse no constituyan infracción penal o administrativa”.Y el Artículo 110 y el 9 de la Convención Americana de Derechos Humanos sobre la irretroactividad de la ley. También han citado violaciones a la Ley 659-44 sobre Actos del Estado Civil, así como a los códigos Civil y de Procedimiento Civil.

La decisión de la JCE es correcta porque suspende la arbitrariedad de un acto administrativo que suspende un derecho fundamental y reivindica la jurisdicción de los tribunales donde seis afectados que recurrieron encontraron amparo, dos de ellos incluso en la Suprema Corte. Puede ser una forma subrepticia de rectificar el genocidio civil.

Hoy/Wilson Morfe

15 Octubre 2011, 11:09 PM
Genocidio civil inaceptable

Lo que dilucidará el día 24 la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en Washington es el despojo de la nacionalidad a 457 dominicanos descendientes de haitianos, aunque ya son casi dos mil los casos documentados

Escrito por: JUAN BOLÍVAR DÍAZ ( juanbolivardiaz@gmail.com)

La República Dominicana será drásticamente cuestionada en el escenario internacional por el despojo de la nacionalidad a miles de ciudadanos de ascendencia haitiana que fueron reconocidos durante todo el siglo pasado y a los que se aplica retroactivamente un nuevo ordenamiento constitucional y jurídico.

Eso fue lo que reclamó aquí hace poco la secretaria de Estado estadounidense Hillary Clinton y lo que conocerá en Washington el día 24 la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) que ya tiene 457 casos documentados, con apoyo de decenas de organizaciones nacionales e internacionales.

Disposición administrativa. Como advertimos hace cuatro años cuando la Junta Central Electoral comenzó a negar la emisión de actas de nacimiento a los descendientes de haitianos que ya habían sido registrados como ciudadanos dominicanos, el caso comienza a dilucidarse en los organismos internacionales y lo que se puede esperar es reprobaciones y condenas.

Aunque algunos quieren confundir, ya no se trata de la discusión sobre los derechos de los indocumentados, sino del despojo de la nacionalidad a quienes los oficiales del Estado Civil inscribieron como dominicanos, amparados en una normativa legal que rigió hasta el 2004 y en la Constitución vigente hasta el año pasado.

Hasta el 2010 la Constitución dominicana en base al principio del jus-soli reconocía como ciudadanos dominicanos a los nacidos en territorio nacional, con excepción de los hijos de los diplomáticos y los extranjeros en tránsito, y la Ley de Migración 95, de 1939, limitaba a diez días el período que definía el tránsito. En el 2004 se aprobó la nueva Ley de Migración 285-04, que niega la nacionalidad a los residentes ilegales, lo que obtuvo carácter constitucional en la Carta Magna promulgada en el 2010.

Sin embargo, desde el 2007 la Junta Central Electoral, mediante disposiciones administrativas, sin siquiera hacerla depender de un veredicto judicial, empezó a negar la expedición de copias de las actas de nacimiento a los ciudadanos de nombres o apariencia haitiana que no demostraran que sus padres eran residentes legales al momento en el que fueron declarados.

Primero fue la Cámara Administrativa de la JCE, mediante la Circular 017 del 29 de marzo de 2007, firmada por su presidente, Roberto Rosario, que instruyó a los oficiales del estado civil a “examinar minuciosamente” las solicitudes de certificados de ciudadanía, argumentando que “fueron expedidas en tiempo pasado actas de nacimiento de forma irregular con padres extranjeros que no han probado su residencia o estatus legal en la República Dominicana”.

Cuando se cuestionó la facultad de esa cámara para adoptar tal norma, el asunto fue llevado al pleno de la Junta Central Electoral, que la avaló mediante su resolución 12-07, del 10 de diciembre del mismo ano.

Son muertos civiles. Esta semana el presidente de la Junta Central Electoral, Roberto Rosario, negó que se haya desnacionalizado a 457 personas y sostuvo que sólo son 120 los “depositados y examinados” por ese organismo.

Probablemente se refería a los 126 que mediante su oficio 5787, del 11 de septiembre de 2008, el director del Registro del Estado Civil solicita al pleno de la JCE la cancelación definitiva de su registro de nacimiento. Entre el 2008 y 2010, la JCE sólo revisó 10 casos, según un boletín del Servicio Jesuita a Refugiados y Migrantes.

Pero otro conteo es el referente a las personas a quienes se les ha negado “provisionalmente” darle copia del acta de nacimiento, y que ven pasar los años sin que se les responda sus requerimientos, tanto ante las oficialías como en las oficinas de la JCE “porque están bajo investigación”.

Aunque hay afectados con más de 60 años, e incluso casi una tercera parte nacidos antes de 1965, la investigación del SJRM establece que el 70 por ciento nació entre 1976 y el 2000, es decir menores de 35 años, que es el período en el que más se requiere del acta de nacimiento.

Son miles los que al serle negado el documento fundamental quedan impedidos de sacar la cédula de identidad y electoral y el pasaporte, de casarse o divorciarse, de matricularse en escuelas y universidades, y de optar por becas y empleos formales.

Tampoco pueden declarar a sus hijos, lo que les traspasa a éstos su condición de muertos civiles.

Por su condición de pobreza y marginalidad, la mayoría de las víctimas del genocidio civil se sumen en la frustración y el resentimiento, pero otros luchan por sus derechos, contactando a las organizaciones de derechos humanos que les proporcionan abogados. Milcíades Yan, de Monte Plata,; Ana María Belique e Isidro Belique, de San Pedro de Macorís, y Moisés Yan, de Guaymate, han logrado sentencias de jueces ordenando que se les entregue copia de su acta de nacimiento.

En algunos de esos casos, la JCE ha apelado y están pendientes de fallos definitivos en la Suprema Corte de Justicia.

Descrédito internacional. El genocidio civil contra los domínico-haitianos difícilmente encuentre un defensor internacional y todo lo que espera al país es descrédito.

Es que no hay precedentes de esa naturaleza en el mundo, a no ser en la Alemania nazi contra los judíos. Porque es universal el principio de la irretroactividad de la ley, especialmente en cuestiones fundamentales como la identidad nacional.

Cada vez es más frecuente la adopción de restricciones a la inmigración y al derecho a la nacionalidad, pero en ningún país se propone despojar a quienes ya obtuvieron un estatus legal. Por el contrario, las nuevas legislaciones casi siempre han tendido a amnistiar a los de estatus ilegal de larga data.

Lo que ha convocado para el día 24 del mes en curso en Washington la Comisión Interamericana de Derechos Humanos no es un juicio contra el Estado dominicano, sino una audiencia para que explique su política de desnacionalización de ciudadanos de ascendencia haitiana. Es un espacio de diálogo al que han convocado por los canales diplomáticos a una representación del Gobierno nacional.

Pero no hay la menor duda de que si no se rectifica el camino, tanto la coalición nacional como la internacional proseguirán la pelea en los tribunales nacionales y de no encontrar satisfacción pedirán a la Comisión Interamericana que canalice un juicio en la Corte Interamericana de Derechos Humanos que ya en el 2005 condenó al Estado dominicano y dispuso la entrega del acta de nacimiento a dos hijas de domínico-haitianos. Esa vez dictaminó que la ilegalidad de los padres no es heredable a los hijos.

Una decena de instituciones internacionales, entre ellas las que llevaron el caso de las dos niñas a la Corte Interamericana, figuran como promotores de la audiencia del día 24, entre ellas el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional, el Centro por los Derechos Humanos Robert Kennedy, Refugees International, Fundación Etnica Integral, Iniciativa pro Justicia de la Sociedad Abierta, Christian Aid del Reino Unido, el Servicio Mundial de Iglesias, Global Rights y la Asociación 180 grados para la Cooperación y el Desarrollo.

Nadie sabe a ciencia cierta cuántos ciudadanos de padres y hasta abuelos haitianos han sido despojados de la ciudadanía por esa disposición administrativa, sin que medie un pronunciamiento judicial, porque muchas de las víctimas son tan pobres e indefensas que no se apresuran a denunciarlo, pero los organismos defensores de los derechos humanos acumularon 457 expedientes debidamente documentados que son los remitidos a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).

No es una labor exclusiva del Movimiento de Mujeres Domínico-Haitianas que dirige Sonia Pierre, como lo presentan quienes llegan al extremo de cuestionar la nacionalidad dominicana de esa activista de ascendencia haitiana. En Septiembre pasado 18 organizaciones nacionales, integradas en un “Movimiento por un Registro Civil Libre de Discriminaciones” lanzaron una campaña “contra la política de desnacionalización” de la JCE.

Participan también unos 70 núcleos de afectados en el Distrito Nacional y seis provincias de fuertes asentamientos de inmigrantes haitianos por el cultivo de caña en el siglo pasado como Santo Domingo, San Pedro de Macorís, Barahona, La Romana, Baoruco y Puerto Plata.

Esta semana, el Servicio Jesuita a Refugiados y Migrantes (SJRM) sostuvo que ha identificado por lo menos 1,584 afectados en una investigación que realizó tan solo en las zonas de Don Juan y Quisqueya de San Pedro de Macorís, en Monte Plata, Guaymate, de La Romana y en Neiba. Ya el 3 de diciembre del 2009, el doctor Servio Tulio Almánzar, en su calidad de director nacional del Registro del Estado Civil, dependiente de la JCE, en respuesta a un requerimiento por la Ley de Libre Acceso a la Información mediante su oficio 13326, cuantificó en 3,650 los “expedientes en proceso de investigación administrativa”.

En la medida en que pasan los años, crece el número de los afectados y no son decenas de miles porque una alta proporción de los dominicanos de ascendencia haitiana inscritos en el Registro Civil pasan de los 40 años de edad, tienen cédula de identidad y ya no necesitan copias de sus actas de nacimiento.

Caerán en grandes proporciones cuando se vean obligados a renovar su cédula de identidad, para lo cual tendrán que solicitar el certificado de ciudadanía.

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Movimiento por un Registro Civil Libre de Discriminación.
28 Octubre 2011, 11:35 PM
JCE acepta dar actas a hijos de haitianos... por ahora

Autoriza oficialías a expedir copias de actas nacimiento a hijos de ciudadanos extranjeros cuyas inscripciones estén bajo investigación

Escrito por: LOYDA PEÑA (l.pena@hoy.com.do)

La circular número 32/2011, remitida a oficiales del Estado Civil por la Junta Central Electoral, dispone que sean “entregadas libremente” las actas de personas que se encuentran bajo investigación hasta tanto el Pleno del tribunal determine si las mismas son válidas o no.

El Pleno decidirá si suspende las actas, si pide su nulidad definitiva a la Suprema o las autoriza.

La Junta Central Electoral (JCE) autorizó a los oficiales del Estado Civil del país, a expedirle las actas de nacimiento a los hijos de ciudadanos extranjeros, que se encuentren en estado de investigación.

La disposición está contenida en la circular número 32/2011, remitida a los citados funcionarios el 20 de octubre en curso, bajo la firma de la licenciada Dolores Fernández Sánchez, directora nacional del registro del Estado Civil.

En la misma se ordena que las actas de esas personas que se encuentra en investigación le “sean entregadas libremente” hasta tanto el pleno de la JCE determine si las mismas son válidas o no, conforme a la investigación correspondiente, y procede a suspenderla provisionalmente, a demandar su nulidad por ante un tribunal, o a reconocer su regularidad.

La JCE ha sido acusada por varias organizaciones de derechos Humanos de “desnaturalizar” a dominicanos hijos de haitianos, al despojarlos de sus actas de nacimiento, y de desacatar sentencias a favor de éstos.

¿Ambigüedad? Ayer, en respuesta al “Movimiento por un Registro Civil Libre de Discriminación”, el presidente de la JCE, Roberto Rosario, fue categórico al afirman que hasta tanto la Suprema Corte de Justicia (SCJ) no se pronuncie sobre las actas que se investigan, no será levantada su suspensión.

Afirmó que a la JCE la quieren poner en un “paredón” para que otorgue nacionalidad de manera indiscriminada y privilegiada.

Además, Rosario dijo extrañarle que el activismo de Sonia Pierre en ese sentido se motive siempre ante la proximidad de la erogación de recursos de la Unión Europea a las ONG.


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