Fallo histórico contra
RD
CONDENA
DE LA CIDH CONTRA RD NO TIENE PARANGÓN EN SUS 35 AÑOS DE GESTIÓN
Santo Domingo.- La última sentencia condenatoria de la Corte Interamericana de los
Derechos Humanos contra la República Dominicana, referente al caso del estatus
migratorio haitiano, constituye el más rígido e instigador de sus 253 fallos
contra los países bajo su jurisdicción, que de haber sido acatado por el
gobierno dominicano podría haber alentado el brote de un conflicto entre el
Tribunal Constitucional, los órganos legislativos y las cortes de justicia.
Ni siquiera a los tres
países que han acumulado el mayor número de sus condenas, que incluyen matanzas
de ciudadanos y violaciones flagrantes de los derechos humanos como Perú, con
44; Honduras, 38, y Guatemala, 30. En nungún caso les fue exigido vulnerar sus
constituciones, sus leyes e instancias judiciales.
Costa Rica ha recibido
tres sanciones, la menor cantidad de casos, entre estos la muerte de dos
migrantes, uno nicaragu¨ense y otro panameño.
A Trinidad y Tobago, la
Corte quiso imponer un fallo que le exigía vulnerar su Ley de Delitos, por el
caso de más de 30 reos condenados a pena de muerte en la horca, por homicidios.
Al tratar de acorralar a ese Estado, situado al sur del mar Caribe, con 5,128
kilómetros cuadrados y menos de millón y medio de habitantes, las autoridades
abandonaron el organismo.
Hasta día de hoy, los
países sentenciados por la Corte son Perú, con 62; Guatemala, 30; Argentina,
18; Barbados, 2; Bolivia, 6; Brasil, 7; Chile, 8; Colombia, 25; Costa Rica, 2;
Dominica, 4; Ecuador, 21; El Salvador, 8; Haití, 2; Honduras, 17; México, 10;
Nicaragua, 6; Panamá, 6; Paraguay, 8; República Dominicana, 4; Suriname, 9;
Trinidad y Tobago, 5; Uruguay, 3; Venezuela 20.
De los 15 países y dependencias
británicas que componen la Comunidad del Caribe (Caricom), y la suma de
miembros del mercado común y observadores, entre los Estados que la Corte nunca
ha emitido condenas, figuran Bahamas, Belice, Granada, Aruba, Curazao, Sint
Maarten, Barbados, Granada, Islas Caimán, Guyana y Jamaica, Montserrat, Saint
Kitts y Nevis, Santa Lucía, San Vicente y las Granadinas, Islas Vírgenes
británicas y las Islas Turcas y Caicos. Han sido condenados Venezuela, con 20;
México, 10; Suriname, nueve; Trinidad y Tobago, cinco; República Dominicana,
cuatro, Dominica, cuatro; Haití, dos.
El mayor número de
denuncias presentadas ante la Corte está ligado a violaciones a los derechos
civiles y a las libertades. Para llegar hasta esta instancia, los formuladores
de demandas tienen que agotar vías a través de la ComisiónIDH, que califica si
una instancia cumple los requisitos básicos para su trámite.
La decisión de la Corte es
definitiva e inapelable. El artículo 67 de la Convención Americana sobre
Derechos Humanos establece que “el fallo de la Corte será definitivo e
inapelable. En caso de desacuerdo sobre el sentido o alcance del fallo, la
Corte lo interpretará a solicitud de cualquiera de las partes, siempre que
dicha solicitud se presente dentro de los noventa días a partir de la fecha de
la notificación del fallo”.
El fallo de la Corte sobre
el caso haitiano, dictado el 28 de octubre de este año, ordena al Estado
dominicano, “adoptar las medidas legislativas, inclusive, si fuera necesario,
constitucionales, adminis-trativas y de cualquier otra índole que sean
necesarias para regular un procedimiento de inscripción de nacimiento que debe
ser accesible y sencillo, de modo de asegurar que todas las personas nacidas en
su territorio puedan ser inscritas inmediatamente después de su nacimiento
independientemente de su ascendencia u origen y de la situación migratoria de
sus padres”.
También manda a “dejar sin
efecto toda norma de cualquier naturaleza, sea ésta constitucional, legal,
reglamentaria, administrativa, o cualquier práctica, o decisión, o
interpretación, que establezca o tenga por efecto que la estancia irregular de
los padres extranjeros motive la negación de la nacionalidad dominicana a las
niñas y niños nacidos en el territorio de República Dominicana”.
A los haitianos
beneficiarios de su sentencia los denomina “víctimas dominicanas”, y de estos
exige que, “sean debidamente registradas y cuenten con la documentación
necesaria para acreditar su identidad y nacionalidad dominicana”.
Aquellas personas que el
Gobierno dominicano considera deben ser investigadas para determinar el estatus
de su estancia en el país, la Corte también las califica como “victimas” y
reclama al Estado “dejar sin efectos las investigaciones administrativas, así
como a los procesos judiciales civiles y penales en curso vinculados a sus
registros y documentación”.
Los jueces de la Corte que
fallaron sobre el caso, siete en total, son: Humberto Antonio Sierra Porto,
presidente; Roberto F. Caldas, vicepresidente; Manuel E. Ventura Robles; Eduardo
Vio Grossi; Diego García- Sayán; Alberto Pérez Pérez y Eduardo Ferrer
Mac-Gregor Poisot. La Comisión, que validó el trámite del expediente contra
República Dominicana, la integran Tracy Robinson, de Jamaica; Rose- Marie Belle
Antoine, con doble ciudadanía de Santa Lucia y Trinidad y Tobago; Felipe
González, de Chile; José de Jesús Orozco Henríquez, de México; Rosa María
Ortiz, de Paraguay; Paulo Vannuchi, de Brasil, y James L. Cavallaro, de Estados
Unidos.
Estados Unidos y Canadá no
suscribieron el acuerdo de San José, que reconoce la competencia de la Corte
para juzgar los casos denunciados, a pesar de ser los dos mayores donantes de
la ComisiónIDH.
En 2010, Estados Unidos le
donó 400 mil dólares, Canadá 748 mil 600 dólares, España, que es observador permanente
de la Organización de Estados Ame- ricanos (OEA), aportó 700 mil 400 dólares, y
la Unión Europea, 739 mil 100 dólares.
Venezuela y Trinidad y
Tobago son los únicos países miembros de la OEA que han abandonado la Corte.
El gobierno venezolano lo
hizo en septiembre de 2013 al denunciar que la mayoría de los casos que conoce
esa instancia sobre ese país son de “actores políticos”, “terroristas” y
“corruptos”.
Por su parte, Trinidad y
Tobago salió de la tutela de la Corte en mayo de 1999, tras cuestionar algunas
sentencias del organismo sobre la aplicación de la pena de muerte en ese país.
En marzo del año pasado,
Bolivia y Ecuador amenazaron con salir de la Corte, en un reclamo para que el
organismo acepte mantener abierto el debate sobre la revisión y reformas a la
Comisión de Derechos Humanos.
Condenas contra RD
A partir de 2005, la
República Dominicana ha sido castigada con denuncias y demandas a través de la
Comisión de Derechos Humanos, que ha dado luz verde al trámite hacia la Corte,
que ha fallado cuatro demandas.
La más contundente fue la
del 28 de agosto de este ano, que exige al gobierno actuar contra sus
mecanismos jurídicos, su Constitución y el Tribunal Constitucional que dictó la
Ley 168/13 sobre Naturalización.
El 8 de septiembre de
2005, el Estado fue condenado por supuesta negación a emitir actas de
nacimiento a favor de Dilcia Oliven Yean y Violeta Bosico Cofi, de ascendencia
haitiana, a través de las autoridades del Registro Civil.
El 27 de febrero de 2012
fue culpado por la desaparición forzada del señor Narciso González Medina, por
parte de militares.
El 24 de octubre de 2012,
fue responsabilizada por la muerte de migrantes haitianos por parte de
militares.
El 28 de agosto de 2014
llegó su última condena, a la que el país hace resistencia declarando que su
exigencia es “inaceptable e imposible”.
Fallos contra Haití
A pesar de la accidentada
vida social y política vivida por el pueblo haitiano, bajo dictaduras que
durante décadas asesinaron, torturaron, desaparecieron y desterraron a miles de
ciudadanos, en los registros de la Corte solo hay dos condenas para ese país.
La primera fue dictada el
6 de mayo de 2008, luego de que Haití fuera demandado por el Institute for
Justice and Democracy in Haití, por el arresto y encarcelamiento del exprimer
ministro, Yvon Neptune, durante el gobierno del Jean-Bertrand Aristide. Fue
condenado a pagar a Neptune 60 mil dólares por daño material, 30 mil dólares
por daño inmaterial y 5 mil dólares por reintegro de costas y gastos al
político.
El otro fallo fue el 23 de
noviembre de 2011, tras la detención ilegal de Lysias Fleury, un defensor de
derechos humanos detenido en su casa por la Policía,sin mediar orden judicial.
Fue torturado y no hubo
investigación ni sanción a los responsables. El fallo solo obligaba al país a
pagar cantidades de dinero por indemnización, daños materiales e inmateriales.
CONDENAS DE LA CIDH CONTRA
LA REPÚBLICA DOMINICANA
A partir de 2005, la
República Dominicana ha sido castigada con una sucesiva cadena de denuncias y
demandas a través de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que ha dado
luz verde al trámite hacia la Corte, que ha emitido fallos en cuatro de estos estros
casos.
La más contundente fue la
del 28 de agosto de este año, la que exige al gobierno dominicano
insubordinarse ante sus mecanismos jurídicos, su constitución y el tribunal
Constitucional que dictó la ley168/13 sobre naturalización. El 8 de septiembre
de 2005, el Estado fue condenado por supuesta negación a emitir actas de
nacimiento a favor de Dilcia Oliven Yean y Violeta Bosico Cofi, de ascendencia
haitiana, a través de las autoridades del Registro Civil.
El 27 de febrero de 2012,
el Estado dominicano fue responsabilizado por la desaparición forzada del señor
Narciso González Medina, por parte de militares, así como por la falta de
investigación y sanción de los responsables.
El 24 de octubre de 2012,
República Dominicana fue responsabilizada por la muerte de migrantes haitianos
por parte de militares, y falta de investigación de los hechos en el fuero
ordinario. Decidió que el Estado determine el paradero de los cuerpos de los
fallecidos, repatriarlos, entregarlos y pagar indemnización a las familias.
El 28 de agosto de 2014
llegó la condena más contundente, en la que se exige al Gobierno, de hecho,
insubordinarse ante sus mecanismos jurídicos, su constitución y el tribunal
Constitucional que dictó la ley 168/13 sobre naturalización, para que deje sin
efecto toda norma de cualquier naturaleza que tenga por efecto y afecte la
estancia de los padres extranjeros por negación de la nacionalidad dominicana a
las niñas y niños nacidos en el país.
Listín Diario
3 de noviembre 2014
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