Fallo histórico contra República Dominicana
Guillermo Pérez
guillermo.perez@listindiario.com
Santo
Domingo.- La última
sentencia condenatoria de la Corte Interamericana de los Derechos Humanos
contra la República Dominicana, referente al caso del estatus migratorio
haitiano, constituye el más rígido e instigador de sus 253 fallos contra los
países bajo su jurisdicción, que de haber sido acatado por el gobierno
dominicano podría haber alentado el brote de un conflicto entre el Tribunal
Constitucional, los órganos legislativos y las cortes de justicia.
Ni siquiera a los tres países que han
acumulado el mayor número de sus condenas, que incluyen matanzas de ciudadanos
y violaciones flagrantes de los derechos humanos como Perú, con 44; Honduras,
38, y Guatemala, 30. En nungún caso les fue exigido vulnerar sus
constituciones, sus leyes e instancias judiciales.
Costa Rica ha recibido tres sanciones,
la menor cantidad de casos, entre estos la muerte de dos migrantes, uno
nicaragu¨ense y otro panameño.
A Trinidad y Tobago, la Corte quiso
imponer un fallo que le exigía vulnerar su Ley de Delitos, por el caso de más
de 30 reos condenados a pena de muerte en la horca, por homicidios. Al tratar
de acorralar a ese Estado, situado al sur del mar Caribe, con 5,128 kilómetros
cuadrados y menos de millón y medio de habitantes, las autoridades abandonaron
el organismo.
Hasta día de hoy, los países
sentenciados por la Corte son Perú, con 62; Guatemala, 30; Argentina, 18;
Barbados, 2; Bolivia, 6; Brasil, 7; Chile, 8; Colombia, 25; Costa Rica, 2;
Dominica, 4; Ecuador, 21; El Salvador, 8; Haití, 2; Honduras, 17; México, 10;
Nicaragua, 6; Panamá, 6; Paraguay, 8; República Dominicana, 4; Suriname, 9;
Trinidad y Tobago, 5; Uruguay, 3; Venezuela 20.
De los 15 países y dependencias
británicas que componen la Comunidad del Caribe (Caricom), y la suma de
miembros del mercado común y observadores, entre los Estados que la Corte nunca
ha emitido condenas, figuran Bahamas, Belice, Granada, Aruba, Curazao, Sint
Maarten, Barbados, Granada, Islas Caimán, Guyana y Jamaica, Montserrat, Saint
Kitts y Nevis, Santa Lucía, San Vicente y las Granadinas, Islas Vírgenes
británicas y las Islas Turcas y Caicos. Han sido condenados Venezuela, con 20;
México, 10; Suriname, nueve; Trinidad y Tobago, cinco; República Dominicana,
cuatro, Dominica, cuatro; Haití, dos.
El mayor número de denuncias presentadas
ante la Corte está ligado a violaciones a los derechos civiles y a las
libertades. Para llegar hasta esta instancia, los formuladores de demandas
tienen que agotar vías a través de la ComisiónIDH, que califica si una
instancia cumple los requisitos básicos para su trámite.
La decisión de la Corte es definitiva e
inapelable. El artículo 67 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos
establece que “el fallo de la Corte será definitivo e inapelable. En caso de
desacuerdo sobre el sentido o alcance del fallo, la Corte lo interpretará a
solicitud de cualquiera de las partes, siempre que dicha solicitud se presente
dentro de los noventa días a partir de la fecha de la notificación del fallo”.
El fallo de la Corte sobre el caso
haitiano, dictado el 28 de octubre de este año, ordena al Estado dominicano,
“adoptar las medidas legislativas, inclusive, si fuera necesario,
constitucionales, adminis-trativas y de cualquier otra índole que sean
necesarias para regular un procedimiento de inscripción de nacimiento que debe
ser accesible y sencillo, de modo de asegurar que todas las personas nacidas en
su territorio puedan ser inscritas inmediatamente después de su nacimiento
independientemente de su ascendencia u origen y de la situación migratoria de
sus padres”.
También manda a “dejar sin efecto toda
norma de cualquier naturaleza, sea ésta constitucional, legal, reglamentaria,
administrativa, o cualquier práctica, o decisión, o interpretación, que
establezca o tenga por efecto que la estancia irregular de los padres
extranjeros motive la negación de la nacionalidad dominicana a las niñas y
niños nacidos en el territorio de República Dominicana”.
A los haitianos beneficiarios de su
sentencia los denomina “víctimas dominicanas”, y de estos exige que, “sean
debidamente registradas y cuenten con la documentación necesaria para acreditar
su identidad y nacionalidad dominicana”.
Aquellas personas que el Gobierno
dominicano considera deben ser investigadas para determinar el estatus de su
estancia en el país, la Corte también las califica como “victimas” y reclama al
Estado “dejar sin efectos las investigaciones administrativas, así como a los
procesos judiciales civiles y penales en curso vinculados a sus registros y
documentación”.
Los jueces de la Corte que fallaron
sobre el caso, siete en total, son: Humberto Antonio Sierra Porto, presidente;
Roberto F. Caldas, vicepresidente; Manuel E. Ventura Robles; Eduardo Vio
Grossi; Diego García- Sayán; Alberto Pérez Pérez y Eduardo Ferrer Mac-Gregor
Poisot. La Comisión, que validó el trámite del expediente contra República
Dominicana, la integran Tracy Robinson, de Jamaica; Rose- Marie Belle Antoine,
con doble ciudadanía de Santa Lucia y Trinidad y Tobago; Felipe González, de
Chile; José de Jesús Orozco Henríquez, de México; Rosa María Ortiz, de
Paraguay; Paulo Vannuchi, de Brasil, y James L.
Cavallaro, de Estados Unidos.
Estados Unidos y Canadá no suscribieron
el acuerdo de San José, que reconoce la competencia de la Corte para juzgar los
casos denunciados, a pesar de ser los dos mayores donantes de la ComisiónIDH.
En 2010, Estados Unidos le donó 400 mil
dólares, Canadá 748 mil 600 dólares, España, que es observador permanente de la
Organización de Estados Ame- ricanos (OEA), aportó 700 mil 400 dólares, y la
Unión Europea, 739 mil 100 dólares.
Venezuela y Trinidad y Tobago son los
únicos países miembros de la OEA que han abandonado la Corte.
El gobierno venezolano lo hizo en
septiembre de 2013 al denunciar que la mayoría de los casos que conoce esa
instancia sobre ese país son de “actores políticos”, “terroristas” y “corruptos”.
Por su parte, Trinidad y Tobago salió de
la tutela de la Corte en mayo de 1999, tras cuestionar algunas sentencias del
organismo sobre la aplicación de la pena de muerte en ese país.
En marzo del año pasado, Bolivia y
Ecuador amenazaron con salir de la Corte, en un reclamo para que el organismo
acepte mantener abierto el debate sobre la revisión y reformas a la Comisión de
Derechos Humanos.
Condenas contra RD
A partir de 2005, la República
Dominicana ha sido castigada con denuncias y demandas a través de la Comisión
de Derechos Humanos, que ha dado luz verde al trámite hacia la Corte, que ha
fallado cuatro demandas.
La más contundente fue la del 28 de
agosto de este ano, que exige al gobierno actuar contra sus mecanismos
jurídicos, su Constitución y el Tribunal Constitucional que dictó la Ley 168/13
sobre Naturalización.
El 8 de septiembre de 2005, el Estado
fue condenado por supuesta negación a emitir actas de nacimiento a favor de
Dilcia Oliven Yean y Violeta Bosico Cofi, de ascendencia haitiana, a través de
las autoridades del Registro Civil.
El 27 de febrero de 2012 fue culpado por
la desaparición forzada del señor Narciso González Medina, por parte de
militares.
El 24 de octubre de 2012, fue
responsabilizada por la muerte de migrantes haitianos por parte de militares.
El 28 de agosto de 2014 llegó su última
condena, a la que el país hace resistencia declarando que su exigencia es
“inaceptable e imposible”.
Fallos contra Haití
A pesar de la accidentada vida social y
política vivida por el pueblo haitiano, bajo dictaduras que durante décadas
asesinaron, torturaron, desaparecieron y desterraron a miles de ciudadanos, en
los registros de la Corte solo hay dos condenas para ese país.
La primera fue dictada el 6 de mayo de
2008, luego de que Haití fuera demandado por el Institute for Justice and
Democracy in Haití, por el arresto y encarcelamiento del exprimer ministro,
Yvon Neptune, durante el gobierno del Jean-Bertrand Aristide. Fue condenado a
pagar a Neptune 60 mil dólares por daño material, 30 mil dólares por daño
inmaterial y 5 mil dólares por reintegro de costas y gastos al político.
El otro fallo fue el 23 de noviembre de
2011, tras la detención ilegal de Lysias Fleury, un defensor de derechos
humanos detenido en su casa por la Policía,sin mediar orden judicial.
Fue torturado y no hubo investigación ni
sanción a los responsables. El fallo solo obligaba al país a pagar cantidades
de dinero por indemnización, daños materiales e inmateriales.
CONDENAS DE LA CIDH CONTRA LA REPÚBLICA
DOMINICANA
A partir de 2005, la República
Dominicana ha sido castigada con una sucesiva cadena de denuncias y demandas a
través de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que ha dado luz verde al
trámite hacia la Corte, que ha emitido fallos en cuatro de estos estros casos.
La más contundente fue la del 28 de
agosto de este año, la que exige al gobierno dominicano insubordinarse ante sus
mecanismos jurídicos, su constitución y el tribunal Constitucional que dictó la
ley168/13 sobre naturalización. El 8 de septiembre de 2005, el Estado fue
condenado por supuesta negación a emitir actas de nacimiento a favor de Dilcia
Oliven Yean y Violeta Bosico Cofi, de ascendencia haitiana, a través de las
autoridades del Registro Civil.
El 27 de febrero de 2012, el Estado
dominicano fue responsabilizado por la desaparición forzada del señor Narciso
González Medina, por parte de militares, así como por la falta de investigación
y sanción de los responsables.
El 24 de octubre de 2012, República
Dominicana fue responsabilizada por la muerte de migrantes haitianos por parte
de militares, y falta de investigación de los hechos en el fuero ordinario.
Decidió que el Estado determine el paradero de los cuerpos de los fallecidos,
repatriarlos, entregarlos y pagar indemnización a las familias.
El 28 de agosto de 2014 llegó la condena
más contundente, en la que se exige al Gobierno, de hecho, insubordinarse ante
sus mecanismos jurídicos, su constitución y el tribunal Constitucional que
dictó la ley 168/13 sobre naturalización, para que deje sin efecto toda norma
de cualquier naturaleza que tenga por efecto y afecte la estancia de los padres
extranjeros por negación de la nacionalidad dominicana a las niñas y niños
nacidos en el país.
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