La Nacionalidad
Dominicana, en la picota
Por Manuel NÚÑEZ
Durante varios siglos, era costumbre
exhibir las cabezas de los condenados
y de los reos en unas columnas de piedra, llamadas picotas. Era una
forma de escarmiento y de lección moral, practicada en tiempos ya remotos, que
el progreso de la justicia, ha
echado en el olvido y ha suprimido, afortunadamente, de las plazas coloniales. De ahí nació la expresión poner en la
picota. Es decir, provocar la demolición moral, echar por tierra el prestigio y
el honor de una persona o de un país.
En muchos dominicanos, la imagen que
tienen de la picota es la de la banqueta de picar la carne o de destazar a los animales. No andan lejos de la realidad.
En las últimas semanas, las autoridades
dominicanas, contraviniendo el
dictamen de la Sentencia 168/13, que establecía que a todos los descendientes de padres extranjeros que se hallaren
inscritos irregularmente en el
Registro Civil no le correspondía la nacionalidad dominicana. Tal como es norma
imperante desde México hasta Chile. En contraposición a esa norma que vincula a todos los poderes públicos, el Poder Ejecutivo promulgó la Ley
169/14 que manda a la Junta Central Electoral a entregarles a todas las personas
que se hallan en la circunstancia de la señora Deguis Pierre, actas de nacimiento, cédulas de identidad y electoral y
pasaporte.
Hasta ahora la Junta Central Electoral
ha quebrantado un millar de veces las disposiciones establecidas en la
Sentencia 168/13. Y al parecer, el
procedimiento continuará
pisoteando esas
disposiciones miles de veces más. Según las disposiciones de la
Sentencia, esas personas debieron agotar un proceso de regularización. Y, en
caso de desearlo, solicitar la naturalización, con arreglo a las leyes
vigentes.
Dos grandes errores se han cometido con
esta medida que descuartiza la nacionalidad dominicana.
1. Se le entrega la nacionalidad dominicana a extranjeros sin arraigo nacional, que, en
muchos casos desprecian nuestra historia, se burlan de nuestros valores,
incumplen nuestra Constitución y nuestras leyes, y andan en conciliábulo con
poderes extranjeros para hacer naufragar nuestra soberanía nacional;
2. Los haitianos con papeles dominicanos
carecen de lealtad al país. Su propósito es traspasarle los derechos adquiridos
a sus familiares con los cuales se hallan
hermanados por vínculos consanguíneos.
1. Naturalizar
extranjeros sin arraigo nacional
En
la mayoría de las naciones, para
incorporar mediante la naturalización a un extranjero, se le exige un protocolo
de arraigo en la sociedad a la que desea pertenecer.
1.
Residir legalmente en el país;
2.
Leer, hablar y escribir la lengua de la sociedad a la que se quiere pertenecer;
3.
Demostrar el conocimiento de la historia,
de la cultura de la sociedad que lo acoge. Venerarla, y adoptar como suyos sus símbolos
patrios (bandera, himno nacional, monumentos, efemérides nacionales etc.) .
4) respetar su Constitución y sus leyes
y sus valores;
5.
No tener antecedentes judiciales;
6)
renunciar a la lealtad a otros Estados y a otras sociedades
7)
no representar un riesgo a la seguridad nacional ni a la continuidad del Estado.
Todos estos procedimientos concluyen con una ceremonia de
juramentación. En muchos casos, el
compromiso queda refrendado en el libro de los deberes y derechos del ciudadano.
En todos los casos, los extranjeros naturalizados se comprometen a defender a
la nación, incluso con las armas, si ésta entrare en guerra o conflicto. En
todos los casos, se les prohíbe atentar contra los intereses fundamentales de
la nación. Así acaece en Estados Unidos,
Canadá, Francia, España, e incluso en Haití.
En
artículo 22 del decreto de 6 de noviembre de 1984 que establece el
procedimiento de naturalización en Haití se obliga a los candidatos a pronunciar el juramento siguiente “Yo renuncio a toda otra patria que no sea Haití”.
Lo
que demuestra que los haitianos defienden con más ardor su territorio y su
nacionalidad que los dominicanos el suyo.
La nacionalidad dominicana ha sido colocada en la
picota. Ha entrado en un proceso de demolición. Ya no se basa en el respeto a la Constitución y en las leyes; ni se fundamenta en el mérito,
ni en el cumplimiento de los deberes ciudadanos, sino que se distribuye
gratuitamente a aquellos que se han propuesto, conscientemente, destruirla.
2. El rechazo de la lealtad al país
La
nacionalidad implica derechos
y deberes. Todos los dominicanos
tienen derecho a participar en la dirección de la cosa pública, ya sea
directamente, o mediante la elección de representantes ejercida en el sufragio universal. Los ciudadanos pueden, igualmente, acceder a las funciones del Estado, disfrutar de los bienes y los servicios públicos, trabajar en
condiciones de igualdad ; tomar parte en la vida cultural y en la promociones
de las tradiciones y valores nacionales.
Los ciudadanos tienen, además, deberes que les exigen todas las sociedades. Están llamado a defender el interés
general: el medio ambiente, la cultura que nos une; a enfrentar todas las amenazas que comprometan la seguridad
del Estado, solidaridad entre los nacionales, la Independencia y la integridad
territorial de la patria. Están
llamados por la Constitución y las
leyes a mantener relaciones de lealtad con el Estado y con la nación, a no apoyarse en otros Estados y en
poderes transnacionales para desacatar sus leyes y agredir a sus instituciones.
A todos esos deberes faltó la señora Julienne Deguis Pierre,
cuando se convirtió en instrumento de los propósitos de la Misión de ACNUR y del señor Gonzalo Vargas Llosa que se
ha propuesto traspasarle al país las obligaciones jurídicas con ciudadanos de otro Estado. Esos
haitianos con papeles dominicanos son la avanzadilla de la campaña tomando
nuestro territorio (TNT).
¿Qué ocurre cuando los individuos que
obtienen la nacionalidad , en esas condiciones, no consideran un deber
defenderla, respetar su bandera, su Constitución y sus leyes?
Se produce una ruptura de la cohesión
nacional.
El pueblo dominicano tiene derecho al ejercicio de su autodeterminación, a
determinar libremente su desarrollo económico y social. Cuando un pueblo es
oprimido o dominado por otro, tal cual ocurrió de 1822 a 1844, con la ocupación
haitiana, tiene derecho a la
Independencia, a libertarse de la
dominación extranjera, ya sea de orden político, cultural o económico.
Hoy como ayer, la trinchera del honor, de la que habló el glorioso coronel
Caamaño, está en defensa de la soberanía nacional, en la defensa de la
Sentencia 168/13 del Tribunal Constitucional, en la defensa de nuestra
nacionalidad y en evitar que la nación entera pierda el control de su
territorio, de sus empleos y de su porvenir.
Por más cuentos que nos
cuenten, por más dialéctica que empleen, el pueblo dominicano no va aceptar que Haití imponga su voluntad en
la Republica Dominicana. No vamos a aceptar que se desmantele la Independencia
nacional fundada por los gloriosos Trinitarios en 1844. Sólo el patriotismo salva
a los pueblos de la destrucción,
promovida por los traidores y por
la colonización extranjera. A los dieciséis Martí definió en Abdala, la fuerza
invencible del patriotismo.
El amor, madre, a la patria
No es el amor ridículo a la tierra,
Ni a la yerba que pisan nuestras plantas;
Es el odio invencible a quien la oprime,
Es el rencor eterno a quien la ataca;
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