Desafíos para institucionalidad de República Dominicana
El acuerdo migratorio Dominico-cubano y los pasaportes para refugiados
Por: Juan Manuel Rosario
En esta ocasión no voy a hacer referencia a elementos técnicos para
sustentar una posición relacionada con los asuntos internacionales y
migratorios de la República Dominicana, porque entiendo que ya el país ha
participado de manera activa en las discusiones en torno a tales problemas que
atañen a la soberanía dominicana.
¿Puede la República Dominicana llevar a cabo un acuerdo de carácter
migratorio con la República de Cuba sin que dicho acuerdo sea refrendado por el
Congreso dominicano? La respuesta no amerita de mucha reflexión y análisis para
que usted, sea especialista o no, responda con un NO.
Todos los acuerdos internacionales que obliguen a la República
Dominicana en el campo internacional deben ser enviados al Congreso de la República
para su ratificación; no es que el acuerdo sea bueno o malo, es que la
institucionalidad dominicana requiere de la observación de tal procedimiento, y
por tanto la violación del mismo adquiere el rango de inconstitucionalidad, por
lo que lo hace inválido.
Esto lo digo a raíz de que recientemente, en los últimos meses de este año
2014, se discutió un acuerdo de carácter migratorio con la República de Cuba, y
la Consultoría Jurídica del Ministerio de Relaciones Exteriores de la República
Dominicana recomendó que tal acuerdo no necesitaba ser enviado al Congreso para
su ratificación, alegando que el mismo es sólo de carácter administrativo, por
lo que no precisaba ser conocido y aprobado mediante resolución por el Congreso
dominicano.
Tal decisión es una verdadera aberración, debido a que independientemente
de que se esté o no de acuerdo con el referido convenio de carácter migratorio
entre la República Dominicana y Cuba, el mismo solo adquiere carácter de
obligación para el Estado dominicano si cumple con lo establecido por nuestra
Constitución.
¿Quién le dijo a la Consultoría Jurídica del Ministerio de Relaciones
Exteriores o de la Dirección General de Migración que ellos están facultados
para determinar cuándo un acuerdo internacional es de carácter administrativo o
no? ¿Sobre qué base los referidos técnicos del Ministerio de Relaciones
Exteriores y de la Dirección General de Migración sustentan el argumento de cuál
acuerdo debe o no debe ser enviado al Congreso de la República?.
Es por esa razón que el problema de la institucionalidad en la República
Dominicana es cada vez más deplorable, con carácter personalista, donde cada
quien se atribuye la competencia de decidir en nombre de nuestra Constitución y
nuestras leyes; se arrogan un derecho que no ha sido concedido por la
Constitución dominicana para decidir en torno a aspectos que sólo puede ser
regulado por la Carta Magna de la nación dominicana.
La Constitución de la República Dominicana debe ser respetada y debe
observarse el procedimiento de que todo convenio internacional
debe ser enviado
al Congreso para su debida aprobación o rechazo.
Llama a la atención que precisamente una de las personas que han
recomendado que el acuerdo dominico-cubano no sea enviado al Congreso de la República
Dominicana para su aprobación o rechazo sea el mismo que en el año 2002
aprobara un acuerdo entre él y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos
sin enviarlo para su aprobación al Congreso de la República; lo que trajo como
consecuencia que la Suprema Corte de Justicia lo declarara inconstitucional.
Sigo insistiendo en que el problema de institucionalidad es el talón de
Aquiles que ha servido de base a la problemática en que ha estado inmersa la
República Dominicana en lo concerniente a los aspectos migratorios e
internacionales; como es el caso del instrumento de aceptación de manera
inconstitucional de la competencia de la Corte Interamericana de Derechos
Humanos (CIDH).
Por otro lado, no vinculado con el acuerdo dominico-cubano, para
agregarle más problemas a la situación migratoria de la República Dominicana
ahora se han inventado otorgarles pasaportes a unos supuestos refugiados que
hay en el país. Las instituciones vinculadas a la expedición y manejo de
documentos para extranjeros ahora se prestan, a partir del mes de enero, a
emitir unos pasaportes para unos “supuestos refugiados” que hay en la República
Dominicana.
¿De dónde se sacaron las autoridades dominicanas que conforme a los
convenios internacionales en el país hay personas en condición de refugiados?.
Suponiendo, que no es el caso, que existan refugiados en el país ¿quién
les dijo a las autoridades del país que alguna entidad dominicana tiene
facultad para emitir documentos de viaje a esos supuestos refugiados?.
Es evidente que tenemos un Estado lleno de personas administrando
decisiones públicas sin la debida pericia y el manejo de temas tan delicados; y
por esa razón ponen en peligro a cada momento la integridad soberana de la República
Dominicana.
Para mí a nivel personal, es verdaderamente lamentable tener que abordar
este tema, porque no tengo interés particular en hacerlo; sin embargo, tengo el
deber de alertar a la opinión pública nacional sobre tal situación; debido a
que en la República Dominicana hay que ponerle un stop a tantas deficiencias
que no son más que el reflejo de la debilidad institucional y de la incapacidad
de los funcionarios que ejercen en la administración pública dominicana.
Esperamos que esto sirva de reflexión para que
alguien algún día detenga tan deplorable situación que va en detrimento
progresivo de nuestra integridad soberana.
Dic 30, 2014
No hay comentarios:
Publicar un comentario