martes, 29 de octubre de 2013

¿A dónde se han ido aquellos hombres que el ruedo de sus pantalones les pesaba más que la conciencia misma?

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Argumentos de un Rosario Fusionista
Por María Consuelo Hernández

Estos que no tienen lucha ni patria propia, pues se creen ciudadanos de la isla, tildan a sus compatriotas dominicanos de extremistas; nacionalistas neo-nazis; xenófobos; ultra derecha trujillísta; ku klux klan y un sinnúmero más de calificativos propios de todo aquel que no tiene ya argumentos para enfrentar a un pueblo que ha despertado a la realidad y con verdadero amor, compromiso y fervor eleva su voz en clara defensa de la patria.
Estos profesionales enquistados con malignidad preconcebida en los medios de comunicación y cuyo odio contra todo lo que es dominicano apesta como campos de estercoleros, pretenden a golpe de consignas y vituperios hacia la dignidad del pueblo dominicano, defender la invasión desbordada y silente de los  haitianos y su permanencia ilegal en nuestro país.
La hipocresía y la doble moral se pone también de manifiesto en aquellos que salen como redentores a defender causas ecológicas, los perros callejeros, la Violencia Intrafamiliar, las luchas por la Igualdad de Géneros, los que se aúnan en parques y plazas para proclamarse en contra de la Impunidad, la Corrupción y la Inseguridad Ciudadana, el 4% para la Educación, etc. y  al mismo tiempo, en un silencio vergonzante callan y prefieren mantenerse en actitud indiferente mientras son violados, sí, violados en sus derechos constitucionales como pueblo de una nación llamada República Dominicana. Con su silencio se hacen cómplices, porque entienden que la fusión de la isla es un hecho irreversible.
Los fusionistas con sus ínfulas de poder, gracias al apoyo de los injerencistas extranjeros, mancillan la integridad del pueblo, le capan su orgullo, el coraje y su valía. En un vituperio desmedido y contínuo, nos chantajean con ráfagas de teorías de la política internacional, nos quieren amedrentar con acusaciones en tribunales internacionales, para desacreditar a la República Dominicana en todos los escenarios extranjeros, en franca violación a nuestras leyes.
La actitud de estos "dominicanos entreguistas" es mantener al país bajo farsas y engaños politiqueros, a merced de los países colonialistas de siempre. No escatiman esfuerzos ni recursos para carcomer nuestra constitución, carcomer nuestra democracia y peor aún silenciar la voz justiciera del pueblo que se alza para reclamar los derechos de nuestra soberanía y nuestros derechos legítimos que como nación libre e independiente desde el 1844 tiene la República Dominicana
A dónde se han ido  aquellos hombres que el ruedo de sus pantalones les pesaba más que la conciencia misma? A dónde se han ido las mujeres que con celo cuidaban las costumbres, los principios, los valores y el credo? En que parte del bolsillo está escondida y marginada la conciencia de algunos dominicanos?
La irresponsabilidad manifiesta de Estados Unidos, Canadá, Francia y la Unión Europea en no querer ayudar como es debido al pueblo Haitiano, en su derecho noble y digno de reconstruir su territorio y su nación, en la parte oeste de la isla que es la que les corresponde. Hacen todo tipo de estratagemas para endosarle a la República Dominicana una responsabilidad que no le confiere.
Dominicano, tu silencio te carcome y en la medida que sigas callado sin sumar tu voz pacíficamente al reclamo de tus derechos, te quedarás en el putrefacto y llorarás con lagrimas de sangre lo que no supiste defender a tiemp tu patria, tu independencia, tu nación y el derecho a ser llamado dominicano.
Malditos sean, mil veces malditos, los indignos dominicanos que se quedan callados ante el oprobio. !! Que Dios y la historia los juzguen, por no valorar la sangre de sus próceres, de sus héroes y la de sus hijos.

29 Octubre 2013

Dos millones de haitianos nos tienen ocupados inmisericordemente apoyados por rufianes

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El teclado de guerra haitiano

 
Por MARINO BAEZ
La ocupación de República Dominicana por parte de los haitianos viene desde tiempos remotos, al extremo de que se han formado en el vecino país los denominados Movimiento Creole “El Teclado de Guerra”  y “La Quinta Columna", que invaden diferentes frentes, a fin de ocupar terrenos y comunidades, comprando pequeñas viviendas, traficando ilegalmente armas hacia el territorio, para provocar enfrentamientos y hegemónicamente una guerra civil.

De hecho, los objetivos de los haitianos y su gobierno les están dando muy buenos resultados y se pronostica que aproximadamente para el 2019 la República Dominicana será ocupada mediante una guerra civil, apoyada por tránsfugas y lúmpenes estadounidenses, europeos y malos dominicanos que han hecho fortunas a costa de la inmigración y el tráfico desmedido de haitianos hacia el territorio dominicano. 
El Gobierno no le está poniendo atención al terrible y agobiante problema de esta entrecomillada república, denominada como “independiente, libre y soberana de toda dominación extranjera”, cuando más de dos millones de haitianos nos tienen ocupados inmisericordemente y apoyados por rufianes de la política callejera predominante en el país, mientras sentimos el temor de perder la soberanía.
Históricamente y reverenciando el desempeño de las supuestas buenas relaciones que tenemos con el vecino Haití, estas solo se manifiestan cuando el presidente de turno visita el país, a pesar de que en ciertas ocasiones han sido abucheados por la hecatombe recalcitrante, malagradecida seguidoras del gobierno de turno, visto que del otro lado de la frontera la visión de primer género estuvo centrada desde sus inicios en la indivisibilidad de la isla, de acuerdo con el Tratado de Aranjuez tipificado en 1795. 
La ocupación de la República Dominicana, publicitada en grandes escenarios internacionales, por promotores de ignominia e inconductas audaces, no es cuestión de retóricas ni rechazo, porque si nos  remontamos a la historia, la ocupación haitiana hacia el país estuvo motorizada por la parte Este de la isla en la persona de Toussint Louverture en 1822, la cual provocó 29 batallas encarnizadas escaramuzas y pleitos entre 1844-1856, respectivamente.  “Los países que no recuerdan su historia están supeditados a repetirla”.
   
Esa hegemonía de ocupación desmedida está hilarizada y concretizada por Haití con una presencia ilegal prodigiosa, peligrosa, con un habitad de aproximadamente dos millones de nacionales haitianos sin documentación en su país de origen, ni carnetización laboral en el territorio dominicano, desbordamiento migratorio originado durante los tres periodos gubernamentales del ex presidente Leonel Fernández.
Aunque con un discurso esperanzador en diferentes escenarios y sin el apoyo de la oposición política y funcionarios de su propio gobierno, el presidente Danilo Medina, avizora la esperanza de cumplir la sentencia del Tribunal Constitucional visualizando otro componente, aunque cuando se reúne con algunos de los promotores de la haitianizacion, aparentemente cambia de posición, quizás para no incurrir en conflictos, mientras vemos los pueblos amontonados de nacionales haitianos convertidos en venduteros que no pagan impuestos y generalmente evaden de incertidumbre la tranquilidad de los dominicanos.
La creación del Partido Dominico-Haitiano y del denominado Movimiento “El Teclado de Guerra”, este último relacionado con la invasión de RD para obligar a la Junta Central Electoral (JCE) a otorgar documentos a los haitianos ilegales, hacer elecciones  y formar una sola nación, es una muestra del interés dispensado para sustituirnos y fusionar las dos culturas, aunque unos hablen el español y otros el creole.
En Jarabacoa y Constanza, por tan solo citar dos ejemplos, los haitianos son más que los dominicanos, una maraña clara y convincente de lo débil que es la Dirección General de Migración  y el Gobierno (DGM), en cuanto al control de los ilegales que pululan por todos los entornos del país y que se consideran dueños absolutos de los deberes que por Ley corresponden a la ciudadanía dominicana.

29 Octubre 2013

domingo, 27 de octubre de 2013

Hace nueve años Papi Alvarez Castellanos, escribió este artículo...

 El caso de los niños haitianos


Por
Francisco Alvarez Castellanos
Hoy
info[@]hoy.com.do
12 enero, 2004 2:10 am

F. Alvarez Castellanos
Ha vuelto a hablarse (ahora desde Puerto Rico), de los niños haitianos nacidos en el país, a los cuales se les niega la nacionalidad dominicana.

Hay dominicanos haitianizantes que han olvidado los 22 años que el país estuvo subyugado por Haití, la matanza de dominicanos en la iglesia parroquial de Moca, por fuerzas de Dessalines y otras tropelías más cometidas por el vecino que sigue creyendo que “la isla es una e indivisible".

El asunto es de fácil explicación para cualquier persona imparcial y que crea en nuestra Constitución (salvo los políticos, que hacen de nuestra Carta Magna lo que les da la gana cuando así les conviene).

Resulta que desde siempre los haitianos han venido al país a trabajar en nuestras zafras azucareras. En otros tiempos, luego de la zafra eran devueltos a su país, hasta que empezaron algunos a quedarse clandestinamente y llegar a un número, aún no esclarecido, pero bastante grande.

Entonces pasó lo del 1937. El gobierno de entonces dio orden de que los haitianos que vivían ilegalmente en el país volvieran a su país. Al no obtemperar a dicha orden, se dio otra: la de cometer una acción que no fue más que un genocidio del que se salvaron poquísimas personas.
De ahí en adelante el haitiano temió por muchos años el venir a la República Dominicana, salvo que sea mediante un contrato para trabajar en las zafras. O sea, venían y se iban, sin más problemas.

Los problemas comenzaron después de muerto Trujillo. Los haitianos, muchos de ellos, venían con todo y familia y se asentaban en bateyes muy cerca de sus centros de trabajo, los cañaverales. 

Y comenzaron a nacer niños. Esos niños eran hijos de padres que residían en el país por determinado tiempo. Los que violaban ese precepto eran considerados por la ley como residentes ilegales.

Y esa ley señala que los niños nacidos en el país, hijos de esos padres residentes ilegales, no tienen derecho a la ciudadanía dominicana.

Solo hay que hacer una investigación sobre cuantas haitianas llegan hasta los hospitales dominicanos ubicados en las cercanías de la frontera, con el simple objeto de parir en suelo dominicano. Cierto es que en Haití hay poquisísimos hospitales, pero eso no es razón válida para que esas pobres mujeres vengan a dar a luz a suelo dominicano.

Los dominicanos que llevamos con orgullo ese gentilicio tenemos que pensar en el futuro del país. Si “por mano del diablo” se llega a la decisión de otorgarles acta de nacimiento y ciudadanía dominicana a los miles de haitianos ilegales que viven en el país, no duden que en 20 años tendremos un partido político compuesto por esos “ciudadanos”, capaz de ganar la Presidencia de la República.

Y todos sabemos que esa “liga” es imposible de lograrse, que volveríamos a vivir los tiempos de Duarte, Sánchez y Mella, de La Trinitaria y en lucha constante con los que se crean dueños de todo.
La Constitución haitiana señala que, nazca donde nazca, todo hijo de haitiano es haitiano por siempre. Nada de doble ciudadanía. El haitiano y el dominicano se diferencian unos de otros en forma significativa. Culturalmente somos diferentes, aunque la “élite” haitiana sea de primera clase. Desde el punto de vista religioso, ¡ ni hablar ! Aún recuerdo el incendio que destruyó la catedral de Puerto Príncipe, un edificio de madera que los turistas admiraban sin ambajes.
El dominicano no practica el “vudú”, aunque un ex-sacerdote salesiano, Jean Bertrand Aristide, presidente derrocado de su país y luego impuesto por los norteamericanos, lo haya declarado religión, religión oficial de su país. El que haya visto el rito del “vudú” sabe el salvajismo unido a la ignorancia que hay en el.

Aquí, en nuestro país, hay bastantes dominicanos que ya practican “vudú”, conquistados por haitianos ilegales o por…¡ haitianas ilegales ! Y ningún Congreso dominicano ha tratado en ningún momento el peligro que tal cosa encierra.

Haití tiene entre ocho y nueve millones de habitantes, y según estudios realizados hace tres o cuatro años, sus tierras depauperadas por la tala de sus bosques, la desaparición de sus ríos, etc., solo pueden producir alimentos para poco más de un millón de habitantes.
El que vuela sobre las montañas haitianas podrá observar fácilmente el lomo calcáreo de las mismas, ya que debido a la deforestación de las mismas y de las lluvias, la tierra que las cubría ha ido a parar al mar o a las pocas corrientes fluviales que aún les quedan.

Entonces el problema no puede ser de la República Dominicana, porque de serlo no pasarían muchos años en ver convertido nuestro país en un Haití Parte Dos. Y entonces seríamos dos países inviables, no uno solo.

Para terminar, pido a nuestros diputados y senadores que dediquen
sus bien surtidas ONG en limpiar nuestra tierra, pacíficamente, humanamente. Y lo pueden hacer legislando. Hay que evitar otro 1937, y aquí no hay uno, hay muchos que creen que “este asunto no puede arreglarse por la buena”. Y si supieran quien piensa así, podrían pensar también que una reedición del 1937 no es simplemente el pensamiento de algunas personas. Y eso hay que evitarlo a toda costa. Y las Naciones Unidas, la OEA y naciones como Estados Unidos, Canadá. Francia y Venezuela, por ejemplo, podrían encabezar un movimiento para hacer de Haití un país viable, aunque ello implique que millones de haitianos vayan a vivir legalmente a tierras extranjeras que hoy están desiertas, sin cultivar.

Y aquí podremos seguir utilizando braceros haitianos, sin que esto signifique que le quiten el trabajo a los dominicanos.

También habría que revisar la ley sobre la vagancia, dicho esa de paso.

sábado, 26 de octubre de 2013

Diez Mentiras, Diez Verdades y Unas Reflexiónes...

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“En la guerra, la verdad es la primera baja”

Por: Juan Miguel Castillo Pantaleón


La frase con que se titulan estas líneas, atribuida al senador
Juan Miguel Castillo Pantaleón
norteamericano Hiram Johnson y dicha hace más de un siglo, calza perfectamente en toda situación en la que a propósito de un conflicto, quien no tiene la razón tiende a falsear verdades o a ocultar realidades a fin de que la percepción o la discusión gire acerca de la versión creada y no acerca de la realidad. Es una técnica dialéctica que se vale de todos los artilugios discursivos, desde el sofisma hasta la afirmación mentirosa pura y dura.  En la guerra, todo vale.

A propósito de la reciente sentencia del Tribunal Constitucional sobre nacionalidad, ha resultado alucinante observar cómo un sector claramente identificado por sus posiciones, colocado en el control o influencia en una parte de los medios de comunicación de masas, han arrastrado a la discusión, cuando no el “debate” sobre la sentencia, para que gire alrededor de  la versión distorsionada del contenido de la misma. 

Para el éxito de su estrategia, cuentan con dos grandes aliados: la ignorancia y la premura a que nos somete la vida contemporánea.  La primera tiene su origen en una condición que afecta a la masa; la segunda, de las consecuencias de la vida moderna, que nos obliga a las urgencias inmediatas.  Como el tiempo no alcanza para leerse una sentencia de 101 páginas, el ciudadano promedio, el que sabe leer y lee periódicos impresos o digitales, que de por sí es una minoría, entre redes sociales y el torrente de “versiones” que inundan la radio y la televisión, apenas puede escapar de la manipulación. Otros les instruyen sobre qué ver. La versión, pues, sustituye la realidad.  Una morralla en la que caben todos: ingenuos y no tan ingenuos. Por ello, repito, resulta alucinante leer, ver y escuchar todo este ruido en el que la verdad, como dijo Hiram Johnson, ha sido la primera baja.  Por ello, coloquemos unas gotas de colirio en los ojos y reparemos en los hechos y realidades.

Diez mentiras: 
Basta con leer o escuchar esta ofensiva de propaganda anti-dominicana para identificar las mismas mentiras y falacias, que pueden ser resumidas en las siguientes:

1.               La sentencia aplica retroactivamente la ley;
2.               La sentencia “desnacionaliza” dominicanos;
3.               La sentencia convierte en apátridas a los haitianos nacidos en RD;
4.               La decisión es contraria a la Constitución y a la Ley Orgánica del TC porque  su decisión en materia de amparo es contraria a los derechos humanos de la peticionaria, quien “salió peor de lo que entró”;
5.               La sentencia desafía el efecto vinculante de las decisiones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH); 
6.               La CIDH puede “revocar” la sentencia del TC y reconocer la nacionalidad dominicana de los hijos de extranjeros ilegales nacidos en RD;
7.               La sentencia vulnera derechos humanos de todos los haitianos nacidos en RD por el efecto vinculante y extensivo a otras personas en similar situación;
8.               La sentencia afecta a cientos de miles de personas;
9.               La sentencia producirá expulsión masiva de personas;
10.          La sentencia desnacionaliza al extinto líder político José Francisco Peña Gómez y a todos los hijos de inmigrantes.

Diez verdades: 
Estas falacias resultan trituradas por los siguientes hechos y realidades incontestables:

1.               No hay retroactividad en una sentencia que lo que hace es determinar la ley aplicable en el momento en que surge el derecho reclamado. Desde el año 1929 y de forma invariable, el texto constitucional ha establecido, MUY CLARAMENTE, que la NACIONALIDAD DOMINICANA POR NACIMIENTO NO LE CORRESPONDE A LOS HIJOS DE EXTRANJEROS EN TRÁNSITO.  Si el reclamante nació hijo de personas en tránsito en el país con posterioridad al año 1929, sencillamente NUNCA HA SIDO DOMINICANA POR JUS SOLIS. Cuando una sentencia establece que al momento de su nacimiento el marco legal vigente no le atribuye derecho a la nacionalidad, no hace más que DECLARAR una situación conforme a la Constitución y a la ley de entonces, NO CONSTITUIR UNA SITUACIÓN NUEVA, por lo que NO CABE AQUÍ HABLAR DE APLICACIÓN RETROACTIVA DE LA LEY.

2.               La sentencia no “desnacionaliza” a nadie. TODA PERSONA DE PADRES CONOCIDOS TIENE DERECHO A LA NACIONALIDAD DE SUS ORÍGENES. TODA la jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia en materia de Casación, así como en materia constitucional, ha establecido claramente que se considera “extranjero en tránsito” a TODO EXTRANJERO QUE HA INGRESADO O NO HA SIDO DOTADO DE RESIDENCIA LEGAL EN RD, LO CUAL INCLUYE A LOS INMIGRANTES ILEGALES.  Por lo tanto, a la peticionaria o cualquier hijo de extranjeros en igual circunstancia no les corresponde la nacionalidad dominicana por jus solis.  El hecho de ser dotado de un acta de nacimiento que contenga menciones irregulares o contrarias a la ley o el hecho de la permanencia prolongada en el territorio nacional no atribuye la nacionalidad dominicana, ya que la ilegalidad, la irregularidad documentaria o la permanencia ilegal no generan derechos.  Lo ilegal no genera lo legal.

3.                No existe posibilidad de apatridia cuando no se concede indiscriminadamente la nacionalidad dominicana al hijo de extranjero en tránsito nacido en RD. Si los padres de nacido en RD son conocidos, esa persona en modo alguna queda apátrida, puesto que tiene derecho a la nacionalidad de sus padres por jus sanguinis. En el caso haitiano, como en el caso de muchos otros extranjeros, su Constitución, al igual que la dominicana, privilegia el jus sanguinis. Es un   principio de sujeción perpetua que conecta al individuo al Estado de sus ascendientes. La regla queda claramente establecida en el art. 20.2 de la Convención Americana de Derechos Humanos: “ 2. Toda persona tiene derecho a la nacionalidad del Estado en cuyo territorio nació si no tiene derecho a otra.” Una interpretación contraria a este texto conduce a violar el derecho del hijo de extranjero a quien se le impondría otra nacionalidad, potencialmente supresora de su derecho a la nacionalidad de sus padres en caso de que su Constitución de origen no permita la doble nacionalidad, lo cual es contrario a lo dispuesto en el art. 20.3 del la misma Convención: “3. A nadie se privará arbitrariamente de su nacionalidad ni del derecho a cambiarla.

4.               Cuando se escucha a críticos de la decisión afirmar que la sentencia del TC es contraria los derechos humanos de la peticionaria, porque alegadamente salió del procedimiento de amparo “peor de lo que entró”, uno se pregunta si quienes lo afirman ojearon siquiera la decisión, puesto que basta un vistazo para confirmar que con respecto a la peticionaria (a quien le fue rechazada su acción de amparo por el primer juez, el cual se negó ordenar que le entregaran su acta de nacimiento en la Junta Central Electoral) el TC revocó la sentencia y ordenó a la Junta entregársela, no obstante adolecer de irregularidades. Fue complacida. Pero si la pretensión era que la reconocieran como dominicana, (aunque constitucional y legalmente no le corresponde esa nacionalidad), alegando que “si no, le violan derechos humanos”, es preciso preguntarse, entonces: ¿Ser haitiano es un perjuicio? ¿Ser haitiano es inhumano?  Queda, pues, un sustrato de desprecio y prejuicio por la nacionalidad haitiana escondido en esa indigna presunción.

5.               Las decisiones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) no tienen efecto vinculante en el Derecho Interno dominicano. El Senado de la República ha expedido certificaciones que confirman que EL CONGRESO NACIONAL NUNCA HA RATIFICADO EL RECONOCIMIENTO DE LA COMPETENCIA DE LA CIDH. La ratificación de compromisos internacionales o las declaraciones de tales compromisos son una atribución exclusiva del Poder Legislativo.  Tanto la Convención de Derecho de los Tratados de la Habana, como la de Viena, son claras en establecer que la competencia para declarar la sujeción o una ratificación internacional debe ser dada por los órganos designados por el derecho interno.  La RD nunca debió sentarse en el banquillo de la CIDH y esta es la hora en que aún sigue victimizada ante ese foro que no es reconocido siquiera por sus principales sustentantes económicos, los Estados Unidos de Norteamérica y Canadá y que una gran cantidad de países de América tampoco la reconoce, como lo son Venezuela, Jamaica, Trinidad y Tobago, Antigua y Barbuda, Bahamas, Belize, Guyana, San Kitts y Nevis, Santa Lucía y San Vicente y las Granadinas.  Esta jurisdicción ha sido denunciada como un escenario de hegemonía política regional, lo que ha provocado también el anuncio de retiro de su reconocimiento por el Ecuador y Bolivia, tal como en su momento hizo Perú.

6.               Decir que la CIDH va a “revocar” la sentencia del TC y decidir sobre la nacionalidad dominicana es desconocer los principios más elementales del Derecho Internacional Público. República Dominicana es una nación libre e independiente de todo poder extranjero.  Su marco Constitucional y legal encuadra a las instituciones públicas como únicos y legítimos poderes para aplicación de su orden interno. TODO el Derecho Internacional Público y Privado y la jurisprudencia internacional reconocen que el ejercicio legítimo de esa soberanía, no sólo se refiere a los temas de independencia de poderes externos, sino a campos de estricto derecho interno relativos a aspectos medulares y delicados del Estado, que están íntimamente ligados a las esencias de la nación y sin cuya preservación y protección, la existencia misma del Estado carece de sentido o puede resultar amenazada. Es la autodeterminación que en ciertas materias se ejerce. Estas materias son llamadas del “dominio reservado del Estado”. El Derecho Internacional, tanto Público como Privado, RECONOCEN DE MANERA UNÁNIME que la nacionalidad y la migración son materias del estricto dominio reservado del Estado.

7.               Ha resultado alucinante ver y escuchar, incluso desde el extranjero, la afirmación fabulosa y extravagante de que la sentencia del TC “afectará a cientos de miles de personas”.  ¿De dónde salen esas cifras? ¿Quién las contó?  Nadie ha presentado un censo o alguna clase de datos estadísticos al respecto, y las cifras avanzadas por las autoridades de la Junta Central Electoral, órgano que tiene el control de todo el sistema de registro de identidad, indican números proporcionalmente insignificantes de casos, los cuales, según ese organismo, están siendo atendidos. Lo cierto es que las afirmaciones grandilocuentes sólo provienen de la imaginación de quienes las profieren y en el plano de lo imaginario el análisis no tiene sentido.

8.               Del mismo modo resulta mentirosa la afirmación de que la sentencia producirá expulsión masiva de personas.  BASTA LEER SU DISPOSITIVO PARA COMPROBAR QUE ES EXACTAMENTE TODO LO CONTRARIO. La sentencia ordena a las autoridades migratorias proveer un estatus migratorio a la peticionaria y a todo otro extranjero en igual situación, hasta que se implemente el Plan Nacional de Regularización que dispondrá el manejo y procedimiento en este tipo de casos, colocando cada caso individual o por familia en la categoría migratoria correspondiente o facilitándole una vía expedita a la naturalización.

9.               Con respecto a la desatinada afirmación de que “la sentencia desnacionaliza al extinto líder político José Francisco Peña Gómez y a todos los hijos de inmigrantes”. Hasta donde indica la biografía oficial del extinto líder que en vida la reconoció como fidedigna, obra del fallecido historiador y especialista en materia constitucional Don Julio Genaro Campillo Pérez, corroborado documentalmente por la propia Junta Central Electoral, el fallecido líder había sido declarado por padres dominicanos. Por ello, dicha afirmación es una reductio ad absurdum con la que parece se pretende apalancar un apoyo de tipo político a la crítica.

10.               Finalmente, el más extravagante de los sinsentidos de los críticos de la sentencia 168-13 es su aborrecimiento a la humanitaria y generosa disposición del TC que hace extensivo su mandato a la Junta Central Electoral y a la Dirección General de Migración de que entreguen las actas de nacimiento en similar situación y de que se otorgue un estatus migratorio temporal a cualquier extranjero en igual condición.  ¿Ahora resulta que esa generosidad perjudica y viola derechos humanos?  ¿Y qué cosa es lo que pretenden, que se viole la Constitución y la ley y que estos extranjeros permanezcan en una vulnerable situación migratoria e indocumentados? Si eso proponen quienes se dicen defensores de los derechos humanos de los migrantes haitianos y sus descendientes, me parece que ese colectivo debe reflexionar si esa postura como “defensores” más bien los perjudica.

Unas reflexiones finales: 
La sentencia ya es una realidad jurídica incontrovertible. Todos los poderes públicos han anunciado oficialmente su acatamiento, como corresponde en una sociedad organizada y respetuosa de la institucionalidad. Es irrecurrible y para ser variada habría que modificar la Constitución.  Queda un gran desafío por delante: PONER EN PRÁCTICA LOS POSTULADOS DE LA SENTENCIA, pues dentro del marco de la Constitución, aunque declarados irregularmente, los nacidos en RD hijos de personas no residentes legales siguen siendo extranjeros. 

Algunos de estos extranjeros nacidos en RD no conocen otra realidad que la dominicana.  Resulta imperativo que los mismos puedan insertarse legal y plenamente, respetando los mecanismos establecidos por las leyes para acceder a la nacionalidad dominicana, como se hace en cualquier parte del mundo.  Esos extranjeros deben estar alertas, para no convertirse en meros instrumentos de quienes sólo les utilizan para justificar fondos o para servir a propósitos contrarios a la soberanía nacional; propósitos que parecen perseguir resolver un problema regional humanitario de un Estado fallido a costa de la República Dominicana.

viernes, 25 de octubre de 2013

Jurista niega apátrida o desnacionalización de los haitianos ilegales


Sentencia del TC va a definir realidad de los extranjeros en el país

La experta internacional doctora Cristina Aguiar Quezada, negó que
Doctora Cristina Aguiar Quezada
los haitianos nacidos hijos de personas en condición de ilegales en nuestro país sean apátridas, pues la constitución haitianas toma su condición de Jus Sanguini para toda persona nacida de uno de sus nacionales que se fundamenta en el criterio de sujeción perpetua. Y en derecho de Common Law el domicilio de origen o lugar de nacimiento se comporta igual que la ley nacional, determinada por la nacionalidad, además se esté cometiendo negó que se esté cometiendo un genocidio civil o desnacionalización de los hijos de haitianos o de otras nacionalidades en condición de ilegales en el país.

Califica de barullo, vocinglería, desagradable, indecoroso, a los sectores que se aprovechan de la confusión del pueblo dominicano, ante el conflicto sobre los indocumentados haitianos y es una pena que seudo dominicanos se dediquen a esta actividad.

Al ser entrevistada en el programa radial “Dejando Huellas”, producido por Onorio Montás, que se transmite por Dominicana FM 98.9 para el sur y el este, 99.9 para la región norte y Radio Santo Domingo 620 AM, para todo el país. La embajadora Aguiar Quezada, apuntó que la única forma que una persona pierda su nacionalidad de origen, es si la persona toma las armas en contra de su país y dicho acto marca la ruptura definitiva, porque nadie puede renunciar por voluntad propia, además la constitución haitiana establece que donde quiera que nazca un niño de padres haitiano es haitiano, porque así lo establece su carta magna.

La experto jurídico internacional certificada por el Instituto Francés de Expertos Jurídicos Internacionales (IFEJI) y con un doctorado en a Universidad Paris II de la Sorbona, Francia; recordó que Haití tiene una historia muy interesante, ya que fue la primera República negra del mundo, primera revolución de esclavos por la libertad, eso es patrimonio universal y no se puede olvidar, lo que permite el vínculo con sus nacionales y la memoria histórica y no entiende porque sus nacionales rechazan esa identidad.

La jurista doctora Cristina Aguiar Quezada, dijo sobre el plan nacional de regularización que esto va a permitir entre la población censada, ver la situación en que se encuentra cada extranjero y aquellos carente de documentos de identificación emitidos por su país, no podrán aplicar para dicho proyecto.

Los candidatos a regularizar son todos los que están en el país
Doctora Cristina Aguiar Quezada
residiendo de manera temporal en transito que puedan exhibir una situación con cierto arraigo y no la gran cantidad de nacionales haitianos que han cruzado las fronteras dominicanas de manera ilegal, antes y después del terremoto del Estado vecino, manifestó.

Referentes a los haitianos la jurista señaló que Republica Dominicana no puede asumir los  200 mil haitianos que cruzaron hacia la nación tras convertirse en refugiados económicos a causa del sismo y esto no le da el derecho de permanecer aquí y desde el punto de vista jurídico, estos no pueden beneficiarse  del plan nacional de regularización.

La doctora Aguiar Quezada explicó que el sentido practico de la sentencia 168-13 emitida por el Tribunal Constitucional (TC), representa la recuperación de la soberanía en materia de nacionalidad, es decir, que la soberanía permite a cada Estado establecer quienes son sus nacionales, afirmó la experta en materia del derecho.

“En virtud de los principios del Derecho Internacional de auto organización del Estado, el TC ordena una auditoria a los libros del registro de inscripciones de nacimiento, para verificar si las declaraciones hechas por personas corresponden con la verdad”.

Definió el registro del Estado Civil como la columna vertebral de cualquier nación, para el ejercicio de sus atribuciones personales que se vierten sobre sus nacionales, además de los extranjeros y apátridas son inscrito en libros especiales para esos fines de registro, apunto en el espacio radial.
Estos registros han sido permeado por la malevolencia del fraude y las personas que buscan la realización de una amnistía de nacionalidad tienen una intención escondida como la suplantación de la población  dominicana, aseguró la doctora Aguiar Quezada.
  
Por otro lado aclaró sobre la discusión de si hubo violación al principio de la retroactividad de la ley en la sentencia del TC y explica que no existe tal violación porque se trata de una sentencia con efectos normativos de confirmación  e interpretación de la constitución dominicana.

La sentencia del TC 168-13, es la ratificación de la jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia actuando en materia constitucional que fue fallada en 14 de diciembre del 2005 sentencia numero nueve (9).

Esto significa que el TC no se inventó nada, sino, que miró el comportamiento del constituyente, legislador y la jurisprudencia con relación a una sola noción, la de no residente, es decir en transito para subrayar la temporalidad de que son personas que no han sido admitido a la categoría de residente permanentes.

Con el caso de Juliana Deguis Pierre, el TC constata de que la reclamante no llena los criterios que han sido  establecidos desde el 1929 con una constancia, en eso la corte constitucional facilita la construcción coherente del derecho del país y le dice a la ciudadana como solucionar su problema.

 

 



Ningún hijo de extranjero no residente legal nacido en el país le corresponde la nacionalidad por “jus solis”...

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Castillo Pantaleón  acusa Haití de asusar controversia migratoria          
 
El destacado jurista y ex-juez atribuye al gobierno haitiano maniobrar en el
doctor Juan Miguel Castillo Pantaleón
ámbito migratorio contra la República Dominicana, al rehusar recibir en su consulado las declaraciones de nacimientos de sus compatriotas remitidas por la Cancillería. El doctor Juan Miguel Castillo Pantaleón cree también inaudito que el Estado Dominicano se siente en el banquillo de acusados de la Corte Interamericana de Derechos Humanos cuando esa jurisdicción no ha sido ratificada por el Congreso Nacional.

 Recordó que Trinidad & Tobago, por tener pena de muerte, no reconoce a esa Corte, pero tampoco Belice, Antigua y Barbudas, Saint kits, San Vicente y las Granadinas ni Bahamas.

 “No la reconoce Venezuela, que se ha retirado; Ecuador y Bolivia anuncian su retiro y Perú ya se había retirado, y los principales financiadores de esa Comisión y de esa Corte, los Estados Unidos y Canadá, nunca la han reconocido” agregó.

Recordó que en principio el nacimiento de todo extranjero en cualquier nación debe ser declarado en el consulado de su país por el derecho al “jus sanguini”, pero Haití rehúsa recibir esas constancias.

Considera que esa constancia es un documento que no pierde valor como probatorio del nacimiento porque reconoce al extranjero su derecho a la identidad, pero aclaró que el lugar en donde se nace no presupone derecho a esa nacionalidad.

Afirmó que el Tribunal Constitucional interpretó correctamente que a  ningún hijo de extranjero no residente legal nacido en el país le corresponde la nacionalidad por “jus solis”, por tratarse de personas en tránsito que no gozan de residencia legal, un estatus migratorio previsto en la Ley General de Migración desde 1939 hasta la que está en vigor desde 2004.

Marine Le Pen (https://fbcdn-sphotos-a-a.akamaihd.net/hphotos-ak-ash3/1382890_10202039511659780_1833612578_n.jpg)
“Por esas razones, cuando alguien dice que la reforma constitucional de 2010 limita la nacionalidad del extranjero nacido en el país y que se ha privado de ella de manera arbitraria a los hijos de inmigrantes ilegales, es una vulgar mentira”, enjuició.

Comentó que desde que fuera introducido por primera vez en la Constitución en 1939 ha sido interpretado de manera coherente y permanente por todas las jurisprudencias de la Suprema en materia de casación como en materia constitucional, antes de que se creara el Tribunal Constitucional.

 “Es decir, que cualquier persona hijo de extranjero no residente legal que naciera desde 1929 hasta hoy no es dominicano. Por lo tanto, no le corresponde la nacionalidad dominicana por jus solis”, agregó.

 Empero dijo que desde el punto de vista humano hay que buscar una salida a la situación de una parte de esa migración irregular como los jornaleros de la caña que se han quedado en el país al haber ingresado ilegalmente o legalmente pero que han sobrepasado el tiempo otorgado.

 Atribuyó esas situaciones a “debilidades” del sistema de registro de nacimiento usado por el sistema político como parte de un pastel clientelar que designó en las oficialías a gente no capacitada que vulneraron las disposiciones sobre actos del estado civil como la 655 de 1944 y sus modificaciones y la ley de cédula 6125 y sus modificaciones.

 Dijo que de ahí que personas sin cédulas, identidad obligatoria para declaraciones de nacimientos, lograran hacerlo ante esos oficiales del estado civil a veces con un simple carné del Consejo Estatal del Azúcar.


 “Qué acontece con esas actas, que todas tienen el vicio de la falsedad, que es un crimen, o el de la irregularidad por un oficial del estado civil que no debió recibirlas, situación que debe ser resuelta por el Plan Nacional de Regularización”, aconsejó.

 Explicó en ese sentido que la ley de Migración (285-04) establece en su articulo 151 la vía para resolver ese problema humano de quienes sí nacieron en el país y no conocen otra realidad social, cuando tienen una vinculación afectiva con esta tierra, hablan español y no creole e inclusive a lo mejor han estudiado aquí.

 Recordó que ese Plan permanece en la Presidencia de la República hace más de un año y ofrece vías legales para, sin reconocer un fraude ni legalizar una violación a la ley y a la constitución, dar una solución humana.

 En ese sentido recordó que en la sentencia del Tribunal Constitucional se ordena un plazo de noventa días a la Junta Central Electoral para entregar las partidas de nacimiento aun con irregularidades y, si procede una irregularidad demandar, porque la JCE no puede ser a una vez juez y parte.