miércoles, 17 de mayo de 2017

Impugnaciones a dos Asambleas Extraordinarias del Club Deportivo Naco


 
“Sed justos lo primero, si queréis ser felices”
 Juan Pablo Duarte

“La medida con que ustedes 
midan también se usará para ustedes”
Lucas 6,38

 “Si perece la justicia, carece ya de valor que 
vivan seres humanos sobre la tierra.
El derecho es el conjunto de condiciones 
que permiten a la libertad de cada uno 
acomodarse a la libertad de todos”
Immanuel Kant

 “Que el derecho corra como el agua 
y la justicia como una fuente inagotable”
 Amós 5,24 

 “Vive honestamente, 
no hagas daño a nadie y dà a cada uno lo suyo”
Ulpiano

 “El derecho viene a perecer menos 
veces por la violencia que por la corrupción”
 Herni Dominique Lacordaire 

“Cada sentencia vale lo que vale el juez que la dicta”
Mariano Germán Mejía

“Amo a mi maestro, pero amo más a la verdad. 
Si los ciudadanos practicasen entre sí la amistad, 
no tendrían necesidad de la justicia”
Aristóteles



Primera Impugnación a Asamblea

 General  Extraordinaria



8 Mayo 2017

Presidente y Miembros,
JUNTA DIRECTIVA,
Club Deportivo Naco, Inc.,
Secretaría.

ASUNTO: 

IMPUGNACION PASADA ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA

BASE LEGAL: ARTS: 18-Sgtes. Estatutos y 14 Decreto #40-08 d/f 16/1/2008

Honorables Consocios/Miembros:
El infrascrito, en sus calidad de SOCIO ACCIONISTA de nuestro amado club, tenemos a bien, exponer y solicitaros lo siguientes:

I-HECHOS

1-Asamblea General Ordinaria celebrada e/f 5 de Mayo 2017: previo al inicio de los debates (“in limine debates”), un socio/asambleísta amparándose en el sagrado derecho que le confiere el Art. 21 de los Estatutos, presentó una formal impugnación a la asamblea por grosera violación al Art.17 que dispone: “La Asamblea General Ordinaria será única y exclusivamente la que se celebre obligatoriamente, en el local del club, todos los años en el mes de abril”;

2-Junta Directiva retirada para deliberar formalmente falló: Declarando la impugnación buena/válida en cuanto a la forma y Acogiéndola en cuanto al fondo, pero; AMPARÁNDOSE EN MOTIVOS DE URGENCIA O FUERZA MAYOR CONVOCARON UNA ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA A CELEBRARSE EN MEDIA HORA (Párrafo final Letra d) del Art.14 del Decreto #40-08 que establece el Reglamento de Aplicación de la Ley No. 122-05 sobre Regulación y Fomento de las Asociaciones sin Fines de Lucro (ONG) en la RD);

3-Cualquier neófito del derecho podría concluir: Que ni existían motivos de urgencia ni mucho menos fuerza mayor, que lo justo/sensato era convocar una nueva asamblea general extraordinaria, pero; concediendo un plazo razonable que permitiese la asistencia de todos los consocios interesados en comparecer.

“DURA LEX SED LEX:     LA LEY ES DURA pero ES LA LEY”

II-DERECHO

4-El brillante jurisconsulto Guillermo Cabanelllas define la Fuerza Mayor como: “Todo acontecimiento que no ha podido preverse o que, previsto, no ha podido resistirse”, Diccionario Jurídico Elemental, Edit.Heliasta, pág.138;

5-GROSERA VIOLACIÓN ESTATUTOS:

“Artículo 18: 
La Asamblea General Extraordinaria será aquella que se realiza cuando, por Resolución de la Junta Directiva, se juzgue conveniente para tratar de cualquier asunto diferente a los temas previstos en las Asambleas Generales Ordinarias.

PÁRRAFO A: 
Las Asambleas Generales Extraordinarias, sólo podrán tratar de los asuntos para los cuales hayan sido convocadas expresamente.
Artículo 19: Las votaciones en las Asambleas Generales serán secretas o públicas, como lo decida el Presidente de la Asamblea. Los socios participantes en las Asambleas Generales Extraordinarias no podrán ser representados por otra persona; sin embargo, en las Asambleas Generales Ordinarias los Socios o Socias casadas podrán hacerse representar por su cónyuge mediante un poder escrito.

Artículo 20: 
Las decisiones de las Asambleas Generales, tanto Ordinarias como Extraordinarias, son ejecutorias, siempre y cuando se hayan celebrado dentro de lo que establecen estos Estatutos. Solamente se podrán revocar las decisiones de una Asamblea por decisión de otra Asamblea, que se realice posteriormente.

Artículo 21: 
Si por cualquier motivo uno o varios Socios asambleístas consideren que una asamblea efectuada, no se realizó dentro de lo que establecen estos Estatutos, deberán dirigirse a la Junta Directiva del Club, señalando los puntos en que él o ellos, consideren que fueron violados los estatutos. si la Junta Directiva considera que su petición está justificada procederá a convocar a una Asamblea General Extraordinaria para conocer la nulidad de la asamblea impugnada. si por el contrario, la junta directiva no considera justificadas, las razones expuestas rechazará, sin apelación, las objeciones presentadas. toda impugnación a una asamblea, deberá hacerse –por escrito- dentro de los 5 días después de celebrada la misma”.

6-VIOLACIÓN REGLAMENTO 
Decreto #40-08 que establece Aplicación de la Ley #122-05 sobre Regulación y Fomento de las Asociaciones sin Fines de Lucro (ONG) en la RD: “Art.14: La asamblea general podrá ser ordinaria o extraordinaria. Tendrán carácter de ordinarias aquellas que se celebren con la periodicidad establecida en los estatutos de la asociación. Tendrán carácter de extraordinarias las que se celebren por acuerdo de la junta directiva, el presidente de la asociación o cuando lo solicite, al menos, el quince (15) por ciento de los miembros de su matrícula. Cuando por motivos de urgencia o fuerza mayor se haya de celebrar una asamblea extraordinaria sin respetar el plazo de quince días, desde su convocatoria; esta se iniciara con la justificación, por el órgano convocante, de los motivos de su celebración y el primer punto de su agenda será el de la ratificación de la misma. Si no lo fuese, se dará por terminada”.

POR TALES MOTIVOS Y LOS QUE SUPLIREIS DE OFICIO CON SU ELEVADO ESPÍRITU DE JUSTICIA Y SAPIENCIA JURÍDICA, OS SOLICITAMOS:

PRIMERO: DECLARAR BUENA Y VÁLIDA EN CUANTO A LA FORMA LA PRESENTE IMPUGNACIÓN A LA ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA CELEBRADA EN FECHA 5 de MAYO 2017.

SEGUNDO: CONVOCAR A UNA ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA PARA CONOCER DE LA NULIDAD DE LA ASAMBLEA IMPUGNADA CELEBRADA EN FECHA 5 de MAYO 2017, POR VIOLACIÓN DE LOS ESTATUTOS EN SUS ARTS: 18, 19, 20 y Art. 14 Decreto #40-08 que establece Aplicación de la Ley #122-05 sobre Regulación y Fomento de las Asociaciones sin Fines de Lucro (ONG) en la RD.


Y Haréis Justicia, bajo toda clase de Reservas de Derecho.


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Segunda Impugnación Asamblea

Extraordinaria del 28/3

 
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29 Marzo 2017

Presidente y Miembros,
JUNTA DIRECTIVA,
Club Deportivo Naco, Inc.,
Secretaría.

ASUNTO: 
IMPUGNACION PASADA ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA
Honorables Consocios/Miembros:
El infrascrito, en sus calidad de SOCIO ACCIONISTA de nuestro amado club, tenemos a bien, exponer y solicitaros lo siguientes:
HECHOS
1-Asamblea General Extraordinaria d/f 7 Marzo 2017, convocados para: a) Conocer el informe de la Auditoria Técnica Financiera (Forense) dispuesta por la Junta Directiva; siendo aplazada por los asambleístas en razón de que negligentemente el informe fué entregado tardío y fijándose nueva Asamblea para el día 28 Marzo;
2-El Presidente Junta Directiva preside asamblea y creyéndose LEY/BATUTA Y CONSTITUCIÓN”, VIOLANDO FLAGRANTEMENTE LOS ESTATUTOS, ORDENA: a) QUE SÓLO TENDRÁN DERECHO A VOZ (EXPRESIÓN) EN LAS DELIBERACIONES DE LA ASAMBLEA 10 SOCIOS, SELECCIONADOS MEDIANTE SORTEO y b) QUE ANTE LA INASISTENCIA DEL SECRETARIO Y VICESECRETARIO, ACTUARA EN SU REPRESENTACIÓN EL TESORERO;
3-De nada valen los alegatos de VULNERACIÓN DE LOS SAGRADOS DERECHOS DE LOS SOCIOS CONSAGRADOS EN LOS ESTATUTOS, PRESIONADO POR UN CONSOCIO SOMETE A LA ASAMBLEA UNA MOCIÓN PARA QUE TODOS LOS ASAMBLEÍSTAS PRESENTES EJERZAN SUS SAGRADO DERECHO A VOZ EN LAS DELIBERACIONES, SIENDO RECHAZADA.
“DURA LEX SED LEX     :     LA LEY ES DURA pero ES LA LEY”
DERECHO
4-GROSERA VIOLACIÓN ESTATUTOS: a) “Capítulo IV, DERECHOS Y DEBERES DE LOS SOCIOS, ART.9, PÁRRAFO C: SON DERECHOS EXCLUSIVOS DE LOS SOCIOS: 2) PARTICIPAR CON DERECHO A VOZ Y VOTO EN LAS DELIBERACIONES DE LAS ASAMBLEAS GENERALES” y b) ART.14: “Las Asambleas Generales serán presididas por el Presidente de la Junta Directiva…Actuará como Secretario de la misma, el Secretario de la Junta Directiva, y en su defecto el Vicesecretario y EN SU DEFECTO LA PERSONA QUE ELIJA LA ASAMBLEA PARA TAL FIN”.
5-VULNERACIÓN SAGRADO DERECHO A LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN E INFORMACIÓN, Nuestra Carta Magna establece: 
TÍTULO II DE LOS DERECHOS, GARANTÍAS  Y  DEBERES  FUNDAMENTALES,  CAPÍTULO  I   DE   LOS   DERECHOS
FUNDAMENTALES, SECCIÓN I DE LOS DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS:
 “Artículo 49.- LIBERTAD DE EXPRESIÓN E INFORMACIÓN. Toda persona tiene derecho a expresar libremente sus pensamientos, ideas y opiniones, por cualquier medio, sin que pueda establecerse censura previa. 1) toda persona tiene derecho a la información. Este derecho comprende buscar, investigar, recibir y difundir información de todo tipo, de carácter público, por cualquier medio, canal o vía, conforme determinan la Constitución y la ley”.
6-ART.21 Estatutos: “Si por cualquier motivo uno o varios Socios asambleístas consideren que una asamblea efectuada, no se realizó dentro de lo que establecen estos Estatutos, deberán dirigirse a la Junta Directiva del Club, señalando los puntos en que él o ellos, consideren que fueron violados los estatutos. si la Junta Directiva considera que su petición está justificada procederá a convocar a una Asamblea General Extraordinaria para conocer la nulidad de la asamblea impugnada. si por el contrario, la junta directiva no considera justificadas, las razones expuestas rechazará, sin apelación, las objeciones presentadas. toda impugnación a una asamblea, deberá hacerse –por escrito- dentro de los 5 días después de celebrada la misma”.
POR TALES MOTIVOS Y LOS QUE SUPLIREIS DE OFICIO CON SU ELEVADO ESPÍRITU DE JUSTICIA Y SAPIENCIA JURÍDICA, OS SOLICITAMOS:

PRIMERO: DECLARAR BUENA Y VÁLIDA EN CUANTO A LA FORMA LA PRESENTE IMPUGNACIÓN A LA ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA CELEBRADA EN FECHA 28 MARZO 2017.

SEGUNDO: CONVOCAR A UNA ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA PARA CONOCER DE LA NULIDAD DE LA ASAMBLEA IMPUGNADA CELEBRADA EN FECHA 28 MARZO 2017, POR VIOLACIÓN DE LOS ESTATUTOS EN SUS ART.9, PÁRRAFO C: NUMERAL 2), QUE CONSAGRAN LOS SAGRADOS DERECHOS DE EXPRESIÓN (VOZ) Y VOTO Y ART.14.

Y HAREIS JUSTICIA,  BAJO TODA CLASE DE RESERVAS DE DERECHO.
 
 
 

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*Eddy Acosta De Dios
Socio Miembro #A-594
Abogado/Contador Público Autorizado
Matrícula Colegio Abogados #81-1287/2667
Instituto Contadores #79-1020

Tres Desconciertos de una Junta Directiva del CDN



Análisis de la realidad
del Club Deportivo Naco

Por: Juan J. Natera Rodríguez*

Como es del conocimiento pleno de gran parte de la sociedad dominicana, el Club Deportivo Naco, Inc., se ha caracterizado, por muchos y largos años, por su marcado apegado a los principios constitucionales, su solvencia moral y su fiel reconocimiento a la protección efectiva de los derechos de sus socios, las personas humanas; así como del mantenimiento de los medios que le permitan perfeccionarse progresivamente, dentro de un orden de libertad individual y de justicia social, compatible con el orden público, el bienestar general y los derechos de todos.
No obstante lo antes expuesto pertinente es llamar la debida atención en cuanto a las adversidades que, en la actualidad, transita nuestro Club Deportivo Naco, Inc., y que directa o indirectamente viene afectando la paz y armonía que siempre ha sido el estandarte de nuestra entidad.
Lamentablemente, por el desafuero de personas que han estado ligadas a la Dirección y administración de este Club, y la actitud beligerante y desaprensiva de algunos de esos socios; una gran parte de las más de las trece mil familias que compone dicha matricula, permanece en ascuas, a la espera de cualquier desenlace fatídico, que pueda afectar el desenvolvimiento cotidiano de nuestra entidad, precisamente por las violaciones flagrantes que se han venido dando en contra de los principios y normas que rigen dicha entidad.
Solo hay que observar como la actual Junta Directiva del Club Deportivo Naco, Inc., en nombre de su autoridad y de las alegres construcciones que han venido desplegando, se vienen cometiendo ilícitos acontecimientos en franco antagonismo con los Estatutos que rigen las normativas vigentes, la Ley 122-05 sobre entidades sin fines de Lucro; y el Reglamento que tutela dicha legislación.
Si observamos en detalle los acontecimientos, y nos trasladamos en el tiempo, vemos que el pasado día 7 de marzo del presente año, La Junta Directiva del Club Deportivo Naco, Inc., convoco por las vías correspondientes, a toda su membrecía, a participar en la ASAMBLEA EXTRAORDINARIA que se celebraría ese día, para tratar un ÚNICO punto: “CONOCER EL INFORME DE AUDITORÍA TÉCNICA FINANCIERA FORENSE” que preparara el Lic. Ramón Antonio Perelló Polanco para los años 2012 al 2015. 
Se recuerda que en fecha 3 de junio del año 2016, se hizo público un mensaje dirigido a toda la membrecía del Club, en el que se informaba que la Junta Directiva solicitaba al Instituto de Contadores Públicos Autorizados (IDCPARD), un peritaje forense, financiero y legal de los Estados Financieros correspondientes al periodo 2012-2015, debido a que de acuerdo a ellos, los documentos de soporte, no reflejaban la realidad financiera del citado periodo; sin embargo, de acuerdo al informe preparado por el pasado presidente de dicho Instituto, dictamino que  “ no se habían detectado operaciones ilícitas y mucho menos anomalías que hayan afectado los activos de la Institución….”; a pesar de que ……”El objetivo del procedimiento solicitado, consistía en detectar posibles operaciones ilícitas o con posibles anomalías”…
Pero bien, pasemos de nuevo a dicha convocatoria, la cual tenía como ÚNICO OBJETIVO “EL CONOCER INFORME DE AUDITORÍA TÉCNICA FINANCIERA FORENSE”, ahí no PODÍA EXISTIR más nada que tratar. El Articulo 18, letra a) de los Estatutos del Club Naco, CLARAMENTE establece que “Las Asambleas Generales Extraordinarias solo podrán tratar de los asuntos para los cuales hayan sido convocados expresamente”; y el articulo 24 numeral 1) expresa entre otras cosas….”Conocer los asuntos para los cuales expresamente hayan sido tratados”.
El día en que se celebraba dicha asamblea, se produce el primer desconcierto: se presentan dichos Estados en pleno desarrollo de aquel evento, por lo que una gran cantidad de socios presentes objetaron dicho procedimiento, lo que motivo a que se aplazara esta Asamblea, para que los socios pudieran tener una idea terminada sobre el trabajo presentado. 
Mediante aviso de convocatoria pública, se les invita de nuevo a los socios para “CONOCER EL INFORME DE AUDITORíA TÉCNICA FINANCIERA, que a los MISMOS FINES se celebraría en fecha 28 de marzo del 2017. A pesar de esta especificación, en esta ocasión se varía el propósito de dicha Asamblea y se cambia por “Conocer el informe de auditoría Técnica Financiera  para el periodo 2014-2015 dispuesta por la Junta Directiva. 
SEGUNDO abusivo Desconcierto. El articulo 14 literal e) del Reglamento 40-08 que rige la Ley 122-05 sobre instituciones sin fines de Lucro, establece que la celebración de una asamblea extraordinaria solicitada por los asociados, conforme se establece en el literal anterior, no podrá demorarse por más de veinte (20) días desde que fuera solicitada, no se podrá incorporar el asunto a la agenda de una asamblea ordinaria o de otra extraordinaria con mÁs asuntos, si no lo autorizan expresamente los solicitantes de la convocatoria.
Aquella Asamblea Extraordinaria, más que la expresión autentica de los asociados, lo que parecía era una sala de clases, en donde estaban limitadas las exposiciones a solo diez (10) personas, con el agravante de que aquel que alcanzo expresarse en contra de las acciones cometidas por ese Plenario Directivo; por esos Pretores, se le desconecto el micrófono de formas inmisericorde. Se recuerda que Nuestra Carta Magna, en su Artículo 49, expresa entre otras cosas que toda persona tiene derecho a expresar libremente sus pensamientos, ideas y opiniones, por cualquier medio, sin que pueda establecerse censura previa.

Más aun; al final de aquella desventurada Asamblea, y de acuerdo a lo expresado in voce por el actual Tesorero de la Junta Directiva del Club Deportivo Naco, Inc., este había sometido a votación “La Aprobación del INFORME DE AUDITORÍA TÉCNICA FINANCIERA”, a los que una cantidad de personas presentes aprobaron pura y simple dicho informe; sin embargo, grande fue la sorpresa precisamente cuando el Sr. Luis Miguel Pou, actual presidente de la Junta Directiva, se sirve ante la Prensa Nacional declarando que “Se Aprobaban los Estados Financieros del Club Deportivo Naco, Inc., correspondiente al perÍodo 2014-2015”; totalmente en contra de los principios legales que gobiernan esa entidad social.

Observemos con detenimiento lo que establece el Artículo 22 de los Estatutos vigentes de la institución, y analicemos las últimas tres (03) líneas de dicho artículo, cuando establece con claridad meridiana que “Los asuntos a tratar en esta segunda Asamblea, SERÁN EXACTAMENTE LOS MISMOS PARA LOS CUALES FUE CONVOCADA LA PRIMERA”. ¡Qué les parece!

Veamos ahora el TERCER ABUSIVO DESCONCIERTO. El pasado 5 de mayo del presente año, se conoció la ilegal y compulsiva Asamblea Ordinaria que suponía celebrar el Club Deportivo Naco Inc., durante el mes de Abril, ya que así lo establece el Artículo 17 de los Estatutos.

Para este ilícito evento, se convoco a la membrecía para conocer lo que establece precisamente dicho articulado, que no es más que conocer las memorias descriptivas de las actividades más importantes del periodo; y en esta ocasión, la presentación de los Estados Financieros solamente, ya que para este periodo, se obvian las lecciones que deben de celebrarse cada dos (02) años.

Precisamente, y como era de esperarse, se impugno la mal llamada ASAMBLEA ORDINARIA, y se logro que durante esa misma Asamblea, se aceptara la irregularidad de la misma; pero oh destino!. Se llamó a la atención de los allí presentes para que, sin que importara el plazo de los 15 días que establece el artículo 22 de los estatutos; en media hora, se conocería una ASAMBLEA EXTRAORDINARIA para conocer los puntos que de acuerdo a las normas estatutarias, conoce las ASAMBLEAS ORDINARIAS.

De nuevo, estos señores, valiéndose de un grupo de los allí presentes, adláteres de esa Junta Directiva, la mayoría sin tener la calidad de socio accionista que exigen los malogrados Estatutos, deciden aprobar el adefesio de Asamblea, sin el más mínimo pudor o decoro.

Y Después de haber visto y analizado todos estos agravios y ultrajes, nosotros nos preguntamos: ¿Qué está pasando en el Club Deportivo naco, Inc.? ¿será verdad que esta Directiva pretende callar a su membrecía activa, mostrándoles edificaciones y obras que están llevando a la quiebra a la Institución? ¿Qué es lo que quieren ocultar? ¿Dónde ha quedado la institucionalidad que debe enarbolar los que en la actualidad dirigen los destinos de la entidad? ¿Será verdad que el club no tiene dolientes?

Por favor, analícelo usted y elabore su propio juicio. 

11 de Mayo 2017

*Juan J. Natera Rodríguez
Abogado en ejercicio
Socio del CDN desde el 05/06/1975


sábado, 3 de diciembre de 2016

Fidel es reconocido por los izquierdistas y derechistas


Juzgaron a Fidel con una regla diferente

Por: Alejandro Paniagua y Ortíz

No podemos comparar a Rafael L. Trujillo Molina con Fidel A. Castro Ruz. Es cierto que fueron dos dictadores. Pero Fidel conquistó al mundo. Sus motivaciones fueron distintas. La historia lo pondrá en el lugar que le corresponde. Tuvo que mantenerse por más de 50 años, a contrapelo de los Estados Unidos, que no lograron darle muerte pese a los tremendos esfuerzos por matarlo. Se ha informado de por lo menos 683 atentados que se generaron en los Estaos Unidos. Y no pudieron llevarlo a la muerte. Se trata de casi setecientos atentados que nada tienen que ver con la democracia. Sin embargo, creó una conciencia colectiva, que trascendió a Cuba y América. Fidel es reconocido por los izquierdistas, pero también por
1959: Al triufar la revolución
derechistas y gente que se ha mantenido alejada de esas denominaciones. Y murió tranquilamente en su propia cama. Nuestras vidas pasarán sin que la historia haga un juicio correcto sobre su largo gobierno, pero vemos a distancia, en el futuro, el veredicto que dará, fuera de prejuicios ni de preferencias.

El sistema de elecciones no se trata de una verdad absoluta. Desde los principios del mundo han existido reyes y reinos. El sistema de elecciones es relativamente reciente. Y resulta que no le cuadraba a un verdadero líder que procuraba un cambio efectivo, como el caso de Fidel Castro, un una Cuba que se había distorsionado políticamente. Los sabios de la política norteamericana no se dieron cuenta de esta circunstancia. Las tentativas de asesinarlo tampoco cuadra con los más elementales postulados políticos de los Estados Unidos.
Me inclino a pensar que la historia hará su juicio adecuadamente. Y me parece que los líderes norteamericanos que estuvieron detrás de esa cantidad de atentados contra Fidel Castro, también juzgados por la historia, tendrán que quedar muy mal parados.

No fui fidelista, sólo un hombre que, a sus diecinueve o veinte años vio de lejos el desarrollo del gobierno de Fidel Castro y al correr los años y ver los desatinos que jugaron los norteamericanos contra él, pienso que Norteamérica fue tremendamente cruel. Hasta que su presidente, Barak Obama, corrigió esa línea. Comprendo que los norteamericanos juzgaron a Fidel con una regla diferente a la que siguió Fidel. Y que perdieron la oportunidad de ejercer su acostumbrada influencia cuando Fidel, que tenía la intención de procurar un cambio real en Cuba, recibió como respuesta del gobierno norteamericano su disposición de prestarle sólo 300 mil dólares. 
Fidel Castro y Nikita Jrushchov
Otra hubiera sido la historia del gobierno cubano de Fidel Castro, si los Estados Unidos hubieran podido ver la aventura que jugaban. Fidel se declaró, entonces comunista. Una posición que él había estudiado, pero que no se decidía a seguirla. Recibió, y captó entonces la ceguedad que envolvía al mundo político norteamericano. Nunca he creído que Fidel fuera un comunista auténtico. Dada su tremenda inteligencia, quizá hubiera buscado otra filiación, pero también era demasiado pedir a un hombre que acababa de ganar la guerra de guerrilla contra el gobierno de Fulgencio Batista y que buscaba una respuesta rápida a su triunfo.

jueves, 3 de noviembre de 2016

Eduardo Brito saltó a la fama a partir del año 1927

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Eduardo Brito


Eleuterio Brito Aragonés, mejor conocido como Eduardo Brito, nació un 21 de enero de 1906 y murió el 5 de enero 1946) fue un cantante barítono de ópera y zarzuela dominicano. Está considerado como el cantante nacional de la República Dominicana.

Nació el 21 de enero de 1906 en la sección Blanco de Luperón, Puerto Plata. Era hijo de Gloria Aragonés y Julián Brito. El 3 de noviembre de 1929, a los 24 años, se casó con la vedette Rosa Elena Bobadilla. De ese matrimonio nacieron 2 hijos.

En la década de los años 30, Eduardo Brito se presentó en todos los países del Gran Caribe Hispano y realizó en Nueva York históricas grabaciones como "La mulatona" y "Lucía", esta última con letra de Joaquín Balaguer. Por esos años, el compositor cubano Eliseo Grenet, director de una compañía de zarzuelas quedó impresionado por el joven cantante y le contrató para que integrara parte del elenco durante una gira por Europa. También registró con su voz en el acetato la zarzuela "Los Gavilanes" compuesta por Jacinto Guerrero.

En 1944, estando en Nueva York, comenzó a perder facultades vocales y, al encontrarse en una mala situación económica, su hermana gestionó su regreso a República Dominicana . En mayo de 1944, Brito regresa a Santo Domingo donde muere en 1946.

En un lugar remoto, al nordeste de la isla de Santo Domingo, cuando el siglo XX cumplió su primer lustro, nació Eleuterio Brito en cuna humildísima. Uno de cuatro hijos que a tropezones crecieron bajo el peso de las limitaciones económicas, alejados de los medios de trasmisión de la cultura artística y literaria. 

No es hasta después de cumplidos los 10 años de edad que Eleuterio, como consecuencia de la separación de sus padres, va a vivir a Puerto Plata. Allí, unos años después, cuando ya ha descubierto el don de su voz prodigiosa, escapa del lado de su madre y comienza a darse a conocer en Santiago de los Caballeros como el limpiabotas que canta. Finalmente su voz le lleva al encuentro de músicos con reconocido prestigio en la región y canta en el Café Yaque, donde obtiene gran éxito.

 Cuando apenas había cumplido 17 años de edad, la capital de la República lo acogió y, después de debutar en el Coney Island, fue contratado para presentarse en el Hotel Fausto, la plaza más codiciada entonces por los artistas del género; en el Trocadero y en el Café Arriete. Su andar por el país ya no se detuvo y, entre serenatas, fiestas y los más diversos empleos, transcurrió su vida hasta que en 1924, con la canción Amar, eso es todo, ganó el primer premio de un concurso que, en Santiago de los Caballeros, patrocinó el jabón Candado. Ese producto, que por la fecha se importaba desde Cuba, realizaba frecuentemente tales eventos, de manera promocional. Salvador Sturla, prestigiosa y autorizada figura, reconoció públicamente el talento de quien muy pronto dejaría de se Eleuterio para inmortalizarse con el nombre de Eduardo Brito. Para la educación musical del cantante, resultó de gran importancia la amistad que surgió entre éste y el maestro Julio Alberto Hernández quien tutelaba el Cuadro Artístico, un grupo en el que se nuclearon importantes voces que con frecuencia se presentaban en Santiago, San Pedro de Macorís y Santo Domingo. 

La gran crisis norteamericana de 1929 no fue causa suficiente para impedir que Eduardo Brito, Rosa Elena Bobadilla (con quien había contraído matrimonio un mes antes) y otros artistas, partieran en diciembre de ese año rumbo a New York, donde se grabaría un gran número de piezas de autores dominicanos. Brito y su esposa, cumplidos los compromisos que les habían llevado a los Estados Unidos, decidieron no regresar y cumplir con los nuevos contratos que les proponían. 

El gran salto, el verdadero zenit de la carrera del barítono, llegó en los años posteriores. En 1932 las cualidades del cantante impresionaron gratamente al compositor cubano Eliseo Grenet, quien al frente de su compañía de zarzuelas, estaba de paso por New York con rumbo a Europa; Grenet solicitó entonces a Brito sus servicios y fue así que el público español le conoció, le aplaudió hasta el delirio y lo adoró. Fueron estos los años de máximo esplendor en la carrera del gran barítono, querido por el público que mejor sabía apreciar el dominio vocal de Eduardo. Durante esos cuatro años fue tanta la bonanza para el divo, que estuvo en condiciones de crear su propia compañía. Y aquel avance sólo pudo ser detenido por la apocalíptica conflagración mundial que tuvo como preludio a la Guerra Civil Española. Después de un cuatrienio de divina claridad, la luz comenzaba a declinar para Eduardo Brito y los años posteriores fueron difíciles. 

De España debió salir y, antes de regresar a su patria, en 1937, recorrió algunos países de Europa y actuó en París, Praga, Roma, y otras muchas ciudades. Pero el frenesí que causó su voz allende los mares parece que no se escuchó en la tierra que le vio nacer y, cuando se le debió recibir como al astro que en ese momento era, Brito se encontró con la parquedad hermética de sus paisanos. Hasta 1944 estuvo girando con frecuencia a Puerto Rico, Cuba, Colombia, Venezuela y Panamá. 

Su voz se fue perdiendo y su mente descontrolando. Para esa fecha no había cumplido aún los cuarenta años de edad. La vida había transcurrido muy velozmente para él; sus dones naturales le habían hecho trasponer estratos sociales y elevarse muy por encima de la educación que recibió; su capacidad autodidacta lo hizo saltar por sobre su modesta formación académica y su brillante imaginación le proveyó de gran fortuna en las tablas. En la madrugada del 5 de enero de 1946 el singular barítono dejó de existir. Había nacido el 21 de enero de 1905.

(Tomado de Wikipedia)
 



Muere Eduardo Brito en el manicomio de Nigua

Eduardo Brito sufría una sífilis cerebral y este
padecimiento le producía delirios y otros trastornos
nerviosos.
Por esta causa recibió, entre 1942 y 43,
numerosas inyecciones de bismuto.
Es una etapa muy penosa de su existencia
que solo terminaría con su muerte.

El doctor Apolinar De los Santos (Polín),
uno de los psiquiatras que le conocieron en el
Manicomio de Nigua, narró cómo se reunían los
pacientes para escuchar a Eduardo cuando en
sus delirios comenzaba a cantar durante horas.
También señala el hecho de sus interpretaciones
del Ave María de Franz Schubert, mientras se
bañaba en las aguas del mar Caribe en la zona
de Nigua donde se encontraba el psiquiátrico.


Por: Héctor Tineo


NIGUA, San Cristóbal, el 5 de enero de 1946, murió en el manicomio de Nigua, San Cristóbal, el barítono Eduardo (Eleuterio) Brito, quien hasta ese momento había sido el artista que puso más en alto el nombre de la República Dominicana en el exterior.

Eduardo Brito, el mejor barítono dominicano de todos los tiempos, murió solo y olvidado en una celda del manicomio de Nigua.

Hay una anécdota que da cuenta de que cuando uno de los empleados descubrió el cadáver exclamó: “ya murió ese locazo”.

Eduardo Brito enfermó de la mente a consecuencia de sufrir de una sífilis que arruinó su vida. Con frecuencia hacía crisis en el manicomio.

En 1946 en la República Dominicana no había capacidad médica para enfrentar una enfermedad como la que sufría el artista.

Eduardo Brito, había nacido en Nava, Puerto Plata el 21 de febrero año 1905.

Fue declarado con el nombre de Elauterio Aragonés, hijo natural de Liboria Aragonés, quien lo procreó con el agricultor Julián Alvarez, según se precisa en su certificado de bautizo.

Su nacimiento se produjo en Nava, sección Blanco, en el municipio de Luperón.

Madre hace precisión

Algunos biógrafos han sostenido que el apellido Brito lo tomó de su padre Julián Alvarez Brito y otros afirman que fue de su madre Liboria Aragonés Brito.

El 13 de junio de 1960, la madre de Eduardo Brito, señora Liboria Aragonés, a la edad de 85 años, al participar en el programa “Reina por un día”, que presentaba a través de Rahintel el locutor Homero León Díaz y Maldonado Iglesias, afirmó que “su nombre era Gloria Aragonés viuda Feliz, cariñosamente llamada Liboria”, y que el nombre original de su hijo era Eleuterio y que el padre se llamó Julián Brito.

La vida de Eduardo Brito saltó a la fama a partir del año 1927 cuando pasó a ser un protegido del maestro Julio Alberto Hernández.

En el mismo año 1927, fue el artista estelar de un banquete ofrecido en la Capital al doctor José Dolores Alfonseca, lo que le permitió lograr la atención de la prensa de la ciudad de Santo Domingo.

Al reseñar la actuación del barítono Eduardo Brito Listín Diario reseñó:

“Ignorábamos que existiese en Santo Domingo un cantante de sus condiciones. Ha sido una verdadera revelación”.

Eduardo Brito tuvo la oportunidad de vivir momentos de gloria. Recibió el reconocimiento de medios de comunicación de América y Europa.

Durante un período de más de 10 años se presentó en los centros de mayor prestigio en Nueva York, Madrid, Barcelona y La Habana, entre otros.

El 3 de noviembre de 1928 contrajo matrimonio con la vedette Rosa Elena Bobadilla.

Al reseñar la muerte de Eduardo Brito, el periódico La Nación del 8 de enero 1946 anotó:

“La parca inexorable acaba de tronchar la vida de uno de sus más genuinos representantes: Eduardo Brito.

“El querido compatriota que ha muerto se encontraba paseando nuestra música por los escenarios de las capitales más populares del mundo desde el misterioso Amazonas hasta el legendario y poético Rin, acaba de desaparecer para siempre.

“Su muerte inesperada ha llenado de consternación a millares de hogares, no solamente en esta su patria nativa, sino en todos aquellos países donde el artista convivió.

“Y es que además de admirable, actor y exquisito cantante, cuya voz alcanzó los aplausos más nutridos de las multitudes, Eduardo Brito fue el amigo que siempre estuvo para todos una palmada de afecto y una sonrisa de sinceridad.

¡Descansas en paz, querido compatriota! Que los que ayer llenos de entusiasmo y orgullo te aplaudimos con fervor, hoy lleno de tristeza te dedicamos una lágrima fraterna de dolor, como un holocausto a tu venerado recuerdo y a tu sinceridad bien reconocida.

“Y mientras tu duerme en el mundo de los justos, aquí en esta Quisqueya amada llenaremos de crespón las rosas que dejaste perfumadas en la intimidad de tus recuerdos”.

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Reconocimientos



    Como tributo póstumo a su carrera, el nombre de Teatro Nacional Eduardo Brito, considerado como el cantante nacional de la República Dominicana.
 

    En 2012, se le coloca su nombre a una estación de la Línea 2 del Metro de Santo Domingo.